El juez penal de Garantías Julián López le dio trámite de oposición al pedido de sobreseimiento definitivo a favor del médico Arturo Grau procesado por presunta coacción sexual y violación. El pedido para desvincular a Grau del caso fue solicitado por la agente fiscal Stella Mary Cano.
Ahora será la fiscalía General del Estado quien deberá decidir si corresponde el sobreseimiento definitivo del médico o rectifica el pedido y formula la acusación contra Arturo Grau. En caso de que se formule la acusación, se tendrá que fijar la audiencia preliminar donde se definirá si el proceso penal se eleva a juicio oral.
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El magistrado Julián López había otorgado el arresto domiciliario al citado médico con una fianza de G. 700 millones y otras restricciones más.
La agente fiscal Stella Mary Cano imputó a Grau por coacción sexual y violación tras la denuncia de una joven de 19 años de edad, quien acudió al consultorio para solicitar presupuesto para una operación, momento en el cual el hoy imputado empezó a acariciar las partes íntimas de su cuerpo para luego llevarla a la fuerza a otra habitación donde habría abusado de la mujer.
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Jueza definirá si Pablo Benegas irá o no a juicio oral por abuso sexual en niños y otros delitos
Este miércoles 27 de noviembre se llevará a cabo la audiencia preliminar para el cantante Pablo Benegas, quien soporta proceso penal por los delitos de abuso sexual en niños, coacción sexual, proxenetismo, violación y pornografía infantil. La diligencia judicial se desarrollará ante la jueza Penal de Garantía, Cynthia Lovera, quien definirá si el caso se eleva a un juicio oral y público.
La representante del Ministerio Público, Alejandra Savorgnan, presentó acusación y pidió que el cantante Pablo Gabriel Benegas Masi enfrente un juicio oral y público.
La acusación fiscal revela que el 9 de noviembre de 2023, Benegas desde su casa solicitó el servicio de transporte de plataformas para trasladar a dos hermanas de 11 y 16 años desde Pelopincho hasta su domicilio particular. Igualmente, menciona el escrito que el acusado les hizo consumir droga sin que ambas víctimas se dieran cuenta para dormirlas y luego comenzar a desvestirlas y les filmaba totalmente desnudas.
Igualmente refiere el escrito del Ministerio Público que se produjeron los hechos punibles de abuso sexual en niños, así como coacción sexual y violación. También se registró el tipo penal de pornografía relativa a niños y adolescentes y proxenetismo, ya que supuestamente entregó G. 500.000 a la niña.
El Ministerio Público ofreció a 36 testigos, más tres dictámenes periciales, varias pruebas documentales, un CD con la declaración de las víctimas en cámara Gesell y otros elementos más de prueba.
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Oposición plantea que deudores no figuren en Informconf por monto menor a G. 5.500.000
Senadores de las diferentes bancadas de la oposición impulsan la modificación del artículo 17 de la Ley n.° 6534/20 de protección de datos personales crediticios con el fin de establecer un monto mínimo de deuda de una persona que justifique la publicación, difusión o transmisión por parte de los burós de información crediticia de dicha operación.
El documento propuesto por Ignacio Iramain, José Oviedo, Esperanza Martínez, Líder Amarilla, Ever Villalba, Rafael Filizzola y Rubén Velázquez tuvo entrada oficial el pasado 20 de noviembre. Indica que en el marco legal vigente cualquier monto de deuda, por insignificante que sea, puede ser objeto de divulgación en los burós de información crediticia.
“Esta práctica genera una evidente injusticia, ya que equipara el impacto negativo en la reputación y el historial crediticio de una persona que adeuda una pequeña suma con el de otra que mantiene una deuda mucho mayor”, sostienen.
Indican además que la publicación indiscriminada de deudas mínimas puede tener consecuencias muy negativas para las personas, afectando sus oportunidades laborales, relaciones comerciales e incluso su bienestar emocional.
“Principalmente en el ámbito laboral, sigue existiendo la practica por parte de muchos empleadores que no contratan a quienes figuran en estos burós crediticios, lo cual convierte el problema en un eterno ciclo, porque no hay forma que un trabajador salga de esa lista sin pagar y para ello, necesita un trabajo que se le niega por estar incluido en dichas carteras. Por eso se hace necesario ocuparnos de este problema y buscar una solución”, sostienen.
De esta forma afirman que la iniciativa busca establecer un monto mínimo de deuda por encima del cual se permita la inclusión en la base de datos de los burós de información crediticia. “Con esto, se busca proteger a los deudores de montos menores de los efectos desproporcionados de la publicación de sus datos financieros. Al exigir un monto mínimo significativo, se garantiza que la divulgación se limite a casos en los que la deuda representa un riesgo real para el acreedor y se evita el daño reputacional injustificado de la persona”, mencionan.
La propuesta expresa que no se tramitarán ni divulgarán los datos crediticios de deudas vencidas no reclamadas judicialmente que hayan superado 3 años de inscripción, las deudas canceladas de manera inmediata, una vez recibida la notificación de la fuente de información, los juicios de convocatoria de acreedores después de 5 años de la resolución judicial que la admita y los datos crediticios de deudas de personas físicas que en su totalidad no superen 2 salarios mínimos legales vigentes en una misma entidad.
Actualmente el proyecto fue girado a las diferentes comisiones asesoras para sus correspondientes dictámenes ya sea por la aprobación o rechazo para su posterior tratamiento en el pleno. En caso de lograr su sanción en el Congreso Nacional y su posterior promulgación en el Ejecutivo se publicará y divulgará las deudas de personas físicas a partir de G. 5.596.618.
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Victoria definitiva: jueza de EE. UU. cierra el caso de interferencia electoral contra Donald Trump
Una jueza aceptó este lunes cerrar el caso contra Donald Trump por el presunto intento de alterar los resultados de las elecciones de 2020 que perdió contra Joe Biden.
La jueza federal Tanya Chutkan siguió las recomendaciones del fiscal especial Jack Smith, quien optó por cumplir la política adoptada hace más de 50 años por el Departamento de Justicia de no procesar a un presidente en ejercicio.
Smith también renunció a procesar al magnate republicano por guardar documentos clasificados después de irse de la Casa Blanca, el otro caso federal que tenía pendiente.
Desde las elecciones del 5 de noviembre, Donald Trump, que asumirá el cargo el 20 de enero, tenía casi garantizado que se libraría de estos dos casos.
En el primero, en Washington, la jueza Chutkan aprobó rápidamente la petición de Jack Smith de desestimar los cargos, sin prejuzgar si deben reabrirse al final del mandato del republicano de 78 años.
Esta recomendación es “coherente con la interpretación de la fiscalía de que la inmunidad concedida a un presidente en ejercicio es temporal, expirando cuando abandona el cargo”, dijo.
El fiscal especial ya había cancelado todas las fechas del calendario judicial para los dos casos, dándose de plazo hasta el 2 de diciembre para “analizar esta situación sin precedentes”.
El Departamento ha seguido la política de no procesar a un presidente en ejercicio desde 1973, en pleno escándalo del Watergate, pero el caso de Trump, elegido presidente tras ser procesado penalmente, es inédito.
Tal vez en el 2029
El fiscal especial recomendó a la jueza que desestimara el caso a la luz de esta política pero dejó abierta la posibilidad de que pueda reactivarse una vez que Trump deje el cargo, en principio en 2029.
La posición sobre “la acusación contra el demandado no ha cambiado”, recalcó, “pero las circunstancias sí”.
“Desde hace mucho tiempo, la posición del Departamento de Justicia ha sido que la Constitución de Estados Unidos prohíbe la acusación federal y el posterior enjuiciamiento penal de un presidente en funciones”, explicó el fiscal.
Fuente: AFP
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Hijo de diputada se desligó de juicio oral a cambio de devolver honorarios cobrados
El juez de Delitos Económicos, Rodrigo Estigarribia, hizo lugar a la suspensión condicional del procedimiento a favor de Elías Godoy Torres, hijo de la diputada liberal Roya Torres. La resolución judicial se dio a conocer luego de la audiencia preliminar llevada a cabo en Palacio de Justicia.
El joven, procesado por cobro indebido de honorarios, deberá devolver la suma de G. 50.666.600 que recibió de la Cámara de Diputados, más una donación por el mismo monto como reparación del daño social. Dicha donación será destinada a varias entidades de beneficencia.
El fiscal Francisco Cabrera señaló que el joven reconoció los hechos y por ende fue beneficiado con la suspensión condicional del procedimiento.
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Con la presente salida procesal, el hijo de la diputada se salvó de enfrentar un juicio oral y público por el citado delito. En caso de incumplir la medida se revocará la presente resolución y el proceso tendrá que proseguir.
De acuerdo a la imputación del Ministerio Público, Elías Godoy Torres, siendo bachiller, fue contratado en la Cámara de Diputados como asesor de su propia madre, la diputada liberal Roya Torres, percibiendo un sueldo de G. 9.500.000, pero el mismo no habría cumplido las funciones asignadas por lo que se inició una investigación en la que se corroboró el incumplimiento de tareas, por lo que fue imputado.