La sala penal de la Corte Suprema de Justicia ratificó la condena de un año de cárcel para José Luis Chilavert, condenado por difamar al actual presidente de la Conmebol, Alejandro Domínguez. El presente fallo judicial lleva la firma de Manuel Ramírez Candia, Luis María Benítez Riera y César Diesel.
Los altos magistrados, mediante el Acuerdo y Sentencia N.° 370 de fecha 24 de agosto de 2023, han resuelto declarar inadmisible el recurso extraordinario de casación promovido por José Luis Chilavert contra la sentencia condenatoria de primera y segunda instancia.
Señala la decisión que el recurrente no ha invocado alguno de los motivos que sustentan la casación, no ha manifestado una motivación en razones de hecho y de derecho que demuestren la existencia de algún vicio respecto a la confirmación de su condena.
Condena
En su momento, el juez de Sentencia Manuel Aguirre decidió condenar a un año de prisión a José Luis Chilavert por difamación. Sostuvo que “al existir, corresponde sancionar a Chilavert porque tocó la honradez de una persona, no importa que sea Alejandro Domínguez”, había explicado el magistrado.
El fallo de primera instancia fue apelado y un tribunal de apelación estudió el planteamiento hecho por la defensa del condenado y resolvió confirmar la sentencia condenatoria. Luego, Chilavert recurrió a la Corte, la cual declaró inadmisible el recurso de casación y por ende quedó firme la sentencia.
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Evitan millonario pago por indemnización
La Corte Suprema de Justicia rechazó una demanda promovida por un exfuncionario de la Administración Nacional de Electricidad (Ande), quien reclamaba alrededor de G. 5.400 millones en concepto de indemnización por supuestos daños y perjuicios derivados de una destitución que consideraba injustificada.
Los ministros de la Corte César Garay, Eugenio Jiménez y Alberto Martínez Simón firmaron la resolución judicial.
En la demanda civil, el exfuncionario de la Ande había solicitado el 3 % mensual de intereses sobre tal monto, suma que alcanzaba los G. 11.500 millones solo en intereses. Además, se ahorraron los posibles honorarios profesionales de los abogados del demandante, lo que habría representado un desembolso total de G. 20.608.583.310 para el Estado paraguayo.
La Procuraduría General de la República, en ejercicio de la representación legal del Estado, defendió la improcedencia de la demanda y sostuvo que no se cumplían los requisitos legales para una condena por responsabilidad civil extracontractual.
En su sentencia, la Corte señaló que no se acreditaron ni la existencia de un daño jurídicamente comprobado, ni el vínculo causal directo entre la actuación de los funcionarios y los perjuicios alegados, ni un factor de atribución válido.
El fallo resalta que las demandas contra el Estado deben demostrar con claridad los cuatro elementos esenciales de la responsabilidad civil: antijuridicidad, daño, nexo causal y factor de atribución. La sola disconformidad con un acto administrativo no basta para fundar una pretensión indemnizatoria, especialmente cuando los actos cuestionados ya han sido revisados en otras vías jurisdiccionales.
Este caso constituye un precedente relevante en la defensa del erario público y reafirma el compromiso institucional de la Procuraduría General de la República en asegurar una representación jurídica eficiente, que permita resguardar los intereses del Estado ante reclamos infundados.
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Justicia revoca medida cautelar y permite a la DNCP avanzar en compra de urnas electrónicas
La Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP) informa que este lunes 7 de julio de 2025, la Corte Suprema de Justicia hizo lugar al recurso de apelación presentado por la DNCP en el caso de “Urnas electrónicas” del Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE).
De acuerdo al informe de Contrataciones Públicas, esta decisión de la máxima autoridad judicial permite el levantamiento de la medida cautelar dispuesta por el Tribunal de Cuentas – Tercera Sala a favor de la firma Bypar S. A., que había suspendido temporalmente el avance del proceso licitatorio.
“Esta resolución representa un paso relevante hacia la garantía de la legalidad y la transparencia en los procedimientos de contratación pública, reafirmando el compromiso de la DNCP con el respeto al debido proceso y a la correcta aplicación de la normativa vigente”, expresa el comunicado.
Cabe recordar que desde la Justicia Electoral aguardaban la resolución de esta objeción de parte de la firma, a fin de continuar con el proceso licitatorio para la adquisición de 28.000 máquinas de votación, que serán usadas en los comicios internos partidarios, en las elecciones generales municipales del 2026 y las presidenciales del 2028.
El motivo de la objeción planteada por la firma Bypar S. A., es que el TSJE pida 10 años de experiencia en la fabricación, utilización, alquiler y venta de las máquinas de votación.
Desde la Justicia Electoral señalaron que esta empresa tiene 5 años de trayectoria, por ello buscaban reducir el plazo de experiencia. Pero, el problema de esta firma es que tampoco reunía ninguno de los demás requerimientos, por ello, no pudo participar en la licitación.
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“Importa alcanzar el trofeo”
Si bien se mostró emocionado luego de ser reelecto, Alejandro Domínguez también tuvo tiempo de dar un enérgico discurso en el que puso de resalto el poderío sudamericano en el mundo del fútbol.
Al tiempo de enfatizar el valor del trabajo conjunto en la Conmebol, indicó que siempre hay que apuntar a ganar.
“Para ser campeón tenés que tener el mejor equipo. Quienes conformamos la Conmebol sabemos que el partido recién comienza. Y no vamos a salir a competir: vamos a salir a ganar. Este no es un proyecto personal, es un juego en equipo y no importan los nombres, importa alcanzar el máximo trofeo para que el fútbol sudamericano mantenga en alto su historia y se proyecte para conquistar el mundo”, resaltó Domínguez.
Al mismo tiempo, reafirmó que todo buen trabajo se tiene que solventar con la honestidad y la transparencia en la gestión, con rendición de cuentas. “No queremos clubes endeudados, queremos clubes fuertes. Queremos jugadores que cobren en tiempo y forma. Queremos que se invierta la plata en la logística que va a asegurarnos el futuro. Y, trabajando juntos, podemos soñar y solidificar las bases y las condiciones de nuestros clubes y asociaciones miembro”, remarcó. Finalmente, valoró lo que representará para nuestro continente los partidos inaugurales de la copa del mundo de 2030.
“El fútbol reconoció al Uruguay y a Sudamérica como la casa del primer Mundial. Y estuvo a la altura al tomar la decisión de que el Mundial tiene que comenzar donde todo comenzó. Y ahora estamos exigiendo querer ser partícipes, protagonistas en la organización de ese Mundial. Porque este no es cualquier Mundial. Este es el Mundial de los 100 años”, concluyó.
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Corte investigará a abogada que usaba sala de juicios como set de videos para promocionarse
Luego de conocerse a las abogadas que defenderán a los padres del presunto asesino de María Fernanda Benítez comenzaron a saltar videos de las mismas usando la Sala de Juicios de la Corte Suprema de Justicia para promocionar sus servicios.
Esta situación generó el repudio y el cuestionamiento ciudadano, así como en el seno de la máxima instancia judicial, por lo que las abogadas serán investigadas.
Así lo anunció la Corte, al tiempo de recalcar que las mismas se exponen no solamente a sanciones administrativas, sino también a la suspensión en el ejercicio de la profesión.
Comunicado
Desde la Corte Suprema de Justicia emitieron un comunicado en el que indicaron que iniciarán la investigación para definir si las abogadas tiktokeras, María Fátima Muñoz y Gricelda Arana, usaron indebidamente la sala como se reporta.
Se trata de dos videos en los que se ve a las profesionales usar la sala de juicio oral para promocionar sus servicios. Los materiales luego fueron posteados en sus redes sociales. En uno de los videos se las ve bailando y en otro habla de cómo logró dejar en libertad a uno de sus clientes, acusado por homicidio doloso.
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Sanción o suspensión
“De conformidad al art. 4° de la Ley n.° 609/95, disposiciones de la acordada n.° 1597/21 y reglamentaciones concordantes, dispóngase el inicio de una investigación preliminar respecto a las presuntas irregularidades señaladas que guardan relación con la conducta desplegada por las abogadas María Fátima Muñoz Escobar y Gricelda Alejandra Arona Mieres", indicó el ministro César Manuel Diesel, en la orden.
El documento fue remitido a la Oficina Disciplinaria de la Superintendencia General de Justicia, previo registro en la Oficina de Quejas y Denuncias. Ambas abogadas se exponen a sanciones administrativas como la suspensión en el ejercicio de la profesión, apercibimiento con constancia de legajo y amonestación, incluso la casación de sus matrículas.
Antecedentes del caso
Los padres del presunto asesino de María Fernanda Benítez en Coronel Oviedo fueron detenidos y ya comparecieron ante el Juez. El guardiacárcel y la docente habrían escondido a su hijo de 17 años, entre el viernes y sábado previos al descubrimiento del cuerpo, en un hotel mientras denunciaban su supuesta desaparición en la comisaría 31ª del barrio Azucena.
El juez penal de Garantías de primer turno, Armando Mendoza, dispuso hacer lugar al pedido de la Fiscalía, de decretar la prisión preventiva para ambos adultos. El padre del presunto homicida cumplirá la medida de reclusión en el penal de Emboscada, mientras que la madre irá al pabellón de mujeres de la Penitenciaria Regional de Misiones.
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