El tribunal de apelación en lo Penal en mayoría, revocó la resolución que otorgó el arresto domiciliario a Diego Medina Otazú, secretario del presunto narcotraficante Reinaldo Javier “Cucho” Cabaña, quien tendrá que regresar al penal de Tacumbú. Medina está igualmente acusado por asociación criminal, tráfico de drogas, entre otros hechos.
En su momento, el juez penal de garantía Miguel Palacios había ordenado el arresto domiciliario de Medina Otazú bajo una multimillonaria fianza que ofreció la defensa del procesado de G. 5.072 millones.
Ahora con la presente resolución judicial Medina tendrá que volver al penal para seguir privado de su libertad a la resulta del presente proceso penal.
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Hasta la fecha aún no se pudo llevar a cabo la audiencia preliminar donde se definirá sI Cucho Cabaña y otros procesados estarán sentados en el banquillo de los acusados así como pidió el Ministerio Público.
Cucho Cabaña cuenta con arresto domiciliario con control de la Policía Nacional en una residencia ubicada en Lambaré. En caso de violar la medida judicial el mismo podría volver al penal de Tacumbú.
Operativo Berilo
El operativo Berilo se realizó en setiembre del 2018 en distintos puntos de Alto Paraná. Fiscales junto con agentes de la Secretaría Nacional Antidrogas (Senad) realizaron más de 20 allanamientos, en los cuales se incautaron de 23 vehículos lujosos, 21 kilogramos de cocaína y alrededor de USD 800.000.
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Ratifican arresto domiciliario de directivos de Montego, imputados por violar ley de juegos de azar
La jueza Penal de Garantía Clara Ruiz Díaz ratificó el arresto domiciliario de Carolina Duarte, Erik Martín Vázquez y el mexicano Gerardo Bermúdez, directivos de la firma Montego Trading S.A., imputados por violar la ley de juegos de azar.
La defensa de los imputados pidió revocar el arresto domiciliario, pero la referida magistrada consideró que los procesados deben seguir con la medida cautelar de arresto.
Igualmente, la citada jueza rechazó el pedido de permiso para salir del país del imputado de nacionalidad mexicana, Gerardo Bermúdez, quien pretendía abandonar nuestro país por 30 días. Con la presente resolución, el extranjero seguirá con la figura del arresto domiciliario y la prohibición de salida del país.
Imputación
El agente fiscal, Marcelo Saldívar, presentó imputación por violar la ley de juegos de azar contra Carmen Carolina Duarte de Garcete, Gerardo Bermúdez Arreola, José María Monges, Ricardo Fernández Melgarejo y Erick Fernando Martín Vásquez Loza, directivos de la firma Montego Traiding S.A., con relación al registro del dominio crowncityplay.com.py.
El acta de imputación refiere que la firma Montego Trading S.A., representada y dirigida por Carmen Duarte y Gerardo Bermúdez, hasta el 26 de agosto de 2024 y desde ese día y hasta la fecha, representada y dirigida por José María Monges y Ricardo Fernández, habrían explotado sin autorización de Conajzar, juegos de azar en la modalidad de Apuestas Deportivas a través del sistema online y de seis locales físicos distribuidos dentro del territorio nacional, causando con ello un perjuicio al erario público, consistente en la percepción de un canon referencial, pero no actualizado.
Varios procesos penales
Bermúdez Arreola enfrenta igualmente otros procesos penales y uno de ellos ya está para realizarse un juicio oral y público y debido a las chicanas que ha presentado el citado acusado como otros, la audiencia oral aún no se pudo llevar a cabo.
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Tribunal de Apelación dio luz verde para audiencia a Prieto
El Tribunal de Apelación dio vía libre para que al juez Humberto Otazú pueda llamar a audiencia preliminar del intendente de Ciudad del Este, Miguel Prieto. Esto, a fin de definir si eleva o no a juicio la causa por supuesta de lesión de confianza, administración en provecho propio y asociación criminal, en la causa de presunta corrupción municipal por la compra de alimentos durante la pandemia.
El intendente esteño se encuentra en un proceso judicial con audiencia preliminar pendiente por el presunto perjuicio patrimonial que asciende a la suma de G 306.188.500, por pago concretado por mercaderías inexistentes, durante su gestión al frente de la Municipalidad de Ciudad del Este, en época de pandemia.
El equipo de fiscales integrado por Silvio Corbeta, Verónica Valdez y Yeimi Adle, allanaron recientemente a una de las empresas favorecidas durante la pandemia del covid-19, por la administración del intendente de Ciudad del Este, Miguel Prieto. El caso guarda relación con la compra fraudulenta de kits de alimentos donde el dirigente opositor es investigado por el hecho punible de lesión de confianza.
La firma allanada es denominada El Distribuidor SRL que fue favorecida con una licitación equivalente a G. 3 mil millones. “Esta investigación surge a raíz de un reporte de la Contraloría que nos fue remitido cerca de diciembre de 2024. Estas compras datan del año 2020, realizamos un allanamiento del local sobre el cual versa la investigación preliminar”, indicó al programa “Así son las cosas”, emitido por el canal GEN y Universo 970 AM/Nación Media.
Corbeta recordó que, entre los meses de marzo y abril de 2020, la Municipalidad de Ciudad del Este destinó cerca de G. 9 mil millones para la compra de kits de alimentos. “La primera empresa en ser beneficiada fue Tía Chela, la segunda firma fue justamente la allanada. Respecto al primer caso, el Ministerio Público formuló una acusación por la existencia de un perjuicio patrimonial bastante importante”, refirió.
Otro de los allanamientos recientes impulsados por el fiscal Corbeta se centró en el Pabellón de Contingencia del Hospital Regional de Ciudad del Este, construido por Prieto durante la crisis sanitaria. Este procedimiento fue concretado a raíz de una denuncia contra el dirigente de la oposición por sobrefacturación.
Prieto alega nuevamente que el allanamiento impulsado por la Fiscalía entorno a este caso obedece a una persecución política impulsada desde el gobierno de Santiago Peña. “Desde el lunes estamos haciendo una constitución con peritos. Prieto dijo en redes que esta causa sería desestimada por el fiscal Manuel Rojas, incluso se mencionó que el caso se desestimó y que con el gobierno de Peña el Ministerio Público reabrió la investigación para que me sea asignada”, dijo.
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Tribunal de Apelación dio luz verde al juzgado para audiencia preliminar a Miguel Prieto
El Tribunal de Apelación dio vía libre para que al juez Humberto Otazú pueda llamar a audiencia preliminar del intendente de Ciudad del Este, Miguel Prieto. Esto, a fin de definir si eleva o no a juicio la causa por supuesta de lesión de confianza, administración en provecho propio y asociación criminal, en la causa de presunta corrupción municipal por la compra de alimentos durante la pandemia.
El intendente esteño se encuentra en un proceso judicial con audiencia preliminar pendiente por el presunto perjuicio patrimonial que asciende a la suma de G 306.188.500, por pago concretado por mercaderías inexistentes, durante su gestión al frente de la Municipalidad de Ciudad del Este, en época de pandemia.
Ante esto, el Tribunal de Segunda Instancia confirmó la decisión del juez que había rechazado un recurso de la defensa. En la resolución, los camaristas alegan que la sola presentación de la acción de inconstitucionalidad, en este caso, no impide que el proceso avance, desestimando así el cuestionamiento de la defensa de Prieto.
Con la confirmación de la resolución del juez Humberto Otazú por parte del Tribunal de Apelación Penal Especializado en Delitos Económicos y Crimen Organizado Primera Sala, se deberá fijar una fecha para la diligencia pendiente.
El líder del movimiento Yo Creo es sospechado de haber liberado recursos del municipio mediante licitaciones públicas direccionadas a empresas amigas, de acuerdo a la investigación de los fiscales Silvio Corbeta, Alma Zayas y María Verónica Valdez.
En la carpeta fiscal se menciona que el dirigente político de la oposición entre el mes de marzo y junio del 2020, con la colaboración de los miembros de su estructura, supuestamente habrían convocado y promovido una licitación por la vía de la excepción para la adquisición de insumos para la fabricación de panificados para familias de escasos recursos ante la entonces crisis sanitaria generada por la pandemia de covid-19.
Sin embargo, de acuerdo a los elementos recabados por el equipo de agentes fiscales todo el proceso de compra pública estaría direccionado y amañado a los efectos de favorecer a una estructura jurídica que sería funcional a Prieto.
Otros imputados
Además del intendente Prieto, otras 11 personas afrontan cargos por el millonario perjuicio a la comuna esteña, tras la adquisición de insumos para la fabricación de panificados, para familias de escasos recursos durante la pandemia, con supuestos fines sociales.
Los demás imputados son Buena Ventura Morínigo, propietario de Tajy Construcciones (proveedor adjudicado); Emili Vanessa Florentín Páez, presidenta de Vanemi S.A.; Robert Osmar Florentín Silvero, socio de Vanemi; Richard Ayala Ávalos, oferente de la licitación; Maggi Elizabeth Fariña Almada, coordinadora de la UOC de la municipalidad.
La lista sigue con Sebastián Martínez Insfrán, director de desarrollo social y actual concejal; Alex Yamal Samhat González, jefe de planta procesadora de alimentos de la municipalidad y administrador del contrato; Sabino Peralta Martínez, Higinio Ramón Acuña, jefe de adquisición y suministros de la comuna; Cirle Elizabeth Alcaráz Ramírez, encargada de órdenes de pago del municipio y Nelson Alexis Segovia Acevedo, tesorero.
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Concejales médicos de Luque y Limpio seguirán siendo investigados por cobro indebido de honorarios
La Cámara de Apelación revocó la resolución de la jueza penal de garantías Cynthia Lovera, quien había desestimado la denuncia por cobro indebido de honorarios que estaban siendo investigados a los médicos José María Meza Insfrán y Gustavo Alberto Pereira Bello, quienes son concejales de las ciudades de Luque y Limpio y, a su vez, ejercen la medicina.
Con la presente determinación judicial, los médicos seguirán siendo investigados por el mencionado hecho punible; si se encuentran indicios de hecho punible, se presentará la imputación correspondiente.
Los camaristas mencionaron que la jueza penal de garantías debe dar trámite a la oposición prevista en el artículo 314 del Código Procesal Penal, para que la Fiscalía analice si corresponde seguir investigando o ratificarse en la desestimación.
“Es razonable la postura asumida por la Dirección Jurídica del IPS, debido a que estas personas podrían desempeñarse como docentes universitarios, pero la investigación no ha descartado aún, si existen o no otras erogaciones de emolumentos por parte del IPS, en relación con los denunciados, si desempeñan otras funciones en su calidad de médicos, y si sus horarios no colisionan con otros cargos” señala la resolución de segunda instancia.
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