Un tribunal de apelación ratificó la condena de siete años de cárcel contra el extitular del Indert Justo Cárdenas, sentenciado por el delito de enriquecimiento ilícito y lavado de dinero. Los camaristas Andrea Vera, Bibiana Benítez y Digno Arnaldo Fleitas firmaron el fallo judicial confirmando la pena dictada en primera instancia.
Ahora la defensa de Cárdenas tendrá la posibilidad de recurrir a la Corte Suprema de Justicia y en caso de ser así serán los integrantes de la máxima instancia judicial quienes tendrán la última palabra, si ratifican la sentencia condenatoria o anulan las misma y disponen que se realice un nuevo juicio oral y público.
En su momento, el Tribunal de Sentencia integrado por los jueces Juan Carlos Zárate, María Fernanda García y Yolanda Portillo condenó a Cárdenas, extitular del Indert a siete años de cárcel. La fiscal Natalia Fúster había solicitado durante la exposición de los alegatos finales la pena de once años de prisión, pero el colegiado decidió sentenciar al acusado a siete años de pena privativa de libertad.
En un primer juicio oral, Cárdenas fue condenado a cuatro años de cárcel. Este fallo fue anulado por un Tribunal de Apelación y confirmado por la Corte Suprema de Justicia. En el segundo juicio oral se acreditó que Cárdenas adquirió automotores e inmuebles, constituyó diversos certificados de depósito de ahorros en el sistema financiero y ocultó sumas de dinero, entre otros fundamentos. Según la Fiscalía, se detectó una diferencia de G. 4.164 millones que no pudieron justificar.
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Tribunal de Apelación dio luz verde para audiencia a Prieto
El Tribunal de Apelación dio vía libre para que al juez Humberto Otazú pueda llamar a audiencia preliminar del intendente de Ciudad del Este, Miguel Prieto. Esto, a fin de definir si eleva o no a juicio la causa por supuesta de lesión de confianza, administración en provecho propio y asociación criminal, en la causa de presunta corrupción municipal por la compra de alimentos durante la pandemia.
El intendente esteño se encuentra en un proceso judicial con audiencia preliminar pendiente por el presunto perjuicio patrimonial que asciende a la suma de G 306.188.500, por pago concretado por mercaderías inexistentes, durante su gestión al frente de la Municipalidad de Ciudad del Este, en época de pandemia.
El equipo de fiscales integrado por Silvio Corbeta, Verónica Valdez y Yeimi Adle, allanaron recientemente a una de las empresas favorecidas durante la pandemia del covid-19, por la administración del intendente de Ciudad del Este, Miguel Prieto. El caso guarda relación con la compra fraudulenta de kits de alimentos donde el dirigente opositor es investigado por el hecho punible de lesión de confianza.
La firma allanada es denominada El Distribuidor SRL que fue favorecida con una licitación equivalente a G. 3 mil millones. “Esta investigación surge a raíz de un reporte de la Contraloría que nos fue remitido cerca de diciembre de 2024. Estas compras datan del año 2020, realizamos un allanamiento del local sobre el cual versa la investigación preliminar”, indicó al programa “Así son las cosas”, emitido por el canal GEN y Universo 970 AM/Nación Media.
Corbeta recordó que, entre los meses de marzo y abril de 2020, la Municipalidad de Ciudad del Este destinó cerca de G. 9 mil millones para la compra de kits de alimentos. “La primera empresa en ser beneficiada fue Tía Chela, la segunda firma fue justamente la allanada. Respecto al primer caso, el Ministerio Público formuló una acusación por la existencia de un perjuicio patrimonial bastante importante”, refirió.
Otro de los allanamientos recientes impulsados por el fiscal Corbeta se centró en el Pabellón de Contingencia del Hospital Regional de Ciudad del Este, construido por Prieto durante la crisis sanitaria. Este procedimiento fue concretado a raíz de una denuncia contra el dirigente de la oposición por sobrefacturación.
Prieto alega nuevamente que el allanamiento impulsado por la Fiscalía entorno a este caso obedece a una persecución política impulsada desde el gobierno de Santiago Peña. “Desde el lunes estamos haciendo una constitución con peritos. Prieto dijo en redes que esta causa sería desestimada por el fiscal Manuel Rojas, incluso se mencionó que el caso se desestimó y que con el gobierno de Peña el Ministerio Público reabrió la investigación para que me sea asignada”, dijo.
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Tribunal de Apelación dio luz verde al juzgado para audiencia preliminar a Miguel Prieto
El Tribunal de Apelación dio vía libre para que al juez Humberto Otazú pueda llamar a audiencia preliminar del intendente de Ciudad del Este, Miguel Prieto. Esto, a fin de definir si eleva o no a juicio la causa por supuesta de lesión de confianza, administración en provecho propio y asociación criminal, en la causa de presunta corrupción municipal por la compra de alimentos durante la pandemia.
El intendente esteño se encuentra en un proceso judicial con audiencia preliminar pendiente por el presunto perjuicio patrimonial que asciende a la suma de G 306.188.500, por pago concretado por mercaderías inexistentes, durante su gestión al frente de la Municipalidad de Ciudad del Este, en época de pandemia.
Ante esto, el Tribunal de Segunda Instancia confirmó la decisión del juez que había rechazado un recurso de la defensa. En la resolución, los camaristas alegan que la sola presentación de la acción de inconstitucionalidad, en este caso, no impide que el proceso avance, desestimando así el cuestionamiento de la defensa de Prieto.
Con la confirmación de la resolución del juez Humberto Otazú por parte del Tribunal de Apelación Penal Especializado en Delitos Económicos y Crimen Organizado Primera Sala, se deberá fijar una fecha para la diligencia pendiente.
El líder del movimiento Yo Creo es sospechado de haber liberado recursos del municipio mediante licitaciones públicas direccionadas a empresas amigas, de acuerdo a la investigación de los fiscales Silvio Corbeta, Alma Zayas y María Verónica Valdez.
En la carpeta fiscal se menciona que el dirigente político de la oposición entre el mes de marzo y junio del 2020, con la colaboración de los miembros de su estructura, supuestamente habrían convocado y promovido una licitación por la vía de la excepción para la adquisición de insumos para la fabricación de panificados para familias de escasos recursos ante la entonces crisis sanitaria generada por la pandemia de covid-19.
Sin embargo, de acuerdo a los elementos recabados por el equipo de agentes fiscales todo el proceso de compra pública estaría direccionado y amañado a los efectos de favorecer a una estructura jurídica que sería funcional a Prieto.
Otros imputados
Además del intendente Prieto, otras 11 personas afrontan cargos por el millonario perjuicio a la comuna esteña, tras la adquisición de insumos para la fabricación de panificados, para familias de escasos recursos durante la pandemia, con supuestos fines sociales.
Los demás imputados son Buena Ventura Morínigo, propietario de Tajy Construcciones (proveedor adjudicado); Emili Vanessa Florentín Páez, presidenta de Vanemi S.A.; Robert Osmar Florentín Silvero, socio de Vanemi; Richard Ayala Ávalos, oferente de la licitación; Maggi Elizabeth Fariña Almada, coordinadora de la UOC de la municipalidad.
La lista sigue con Sebastián Martínez Insfrán, director de desarrollo social y actual concejal; Alex Yamal Samhat González, jefe de planta procesadora de alimentos de la municipalidad y administrador del contrato; Sabino Peralta Martínez, Higinio Ramón Acuña, jefe de adquisición y suministros de la comuna; Cirle Elizabeth Alcaráz Ramírez, encargada de órdenes de pago del municipio y Nelson Alexis Segovia Acevedo, tesorero.
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Caso Cecilia Cubas: confirman condena de 28 años de cárcel para fusilero del EPP
El Tribunal de Apelación integrado por los camaristas José Waldir Servín, Agustín Lovera Cañete y Cristóbal Sánchez, ratificó la condena de 23 años de cárcel más 5 años de medidas de seguridad totalizando 28 años de pena privativa de libertad para el fusilero del Ejército del Pueblo Paraguayo (EPP), Lorenzo González, sentenciado por el secuestro y homicidio doloso de Cecilia Cubas.
El condenado fue el fusilero integrante del grupo criminal autodenominado Ejército del Pueblo Paraguayo (EPP), que participó del plagio y homicidio de Cubas. Ahora la defensa del condenado tiene la posibilidad de recurrir a la Corte Suprema de Justicia.
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González fue extraditado a Paraguay en febrero del 2022, y también tuvo participación en la captura de la hija del expresidente Raúl Cubas Grau. Además de este antecedente, el ahora procesado aparece en un video de una reunión del grupo criminal que data del 2004.
Condenado a 34 años de cárcel
Por otra parte, la Cámara de Apelación, conformada por José Waldir Servín, Gustavo Santander y Agustín Lovera Cañete, confirmó la condena para Óscar Luis Benítez por el secuestro y muerte de Cecilia Cubas. Benítez fue condenado a 24 años de cárcel y 10 años como medida de seguridad el 29 de junio del 2021 por el Tribunal de Sentencia integrado por Carlos Hermosilla, Sandra Farías, y Fabián Escobar.
Tras el secuestro de Cecilia Cubas en el 2004, Benítez se fugó del país y se mantuvo oculto en el Brasil durante 14 años, donde fue descubierto por la Policía en el 2017 y extraditado a nuestro país para afrontar los cargos de secuestro y homicidio doloso.
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Condenan por abuso sexual a un abuelo y a dos tíos
Un tribunal de sentencia condenó a tres personas acusadas por abuso sexual en niños. El tío de la niña fue sentenciado a la pena privativa de libertad de 25 años por el grave hecho. Asimismo otro pariente fue condenado a 10 años de cárcel y el abuelo de la niña fue condenado a 2 años de cárcel.
El agente fiscal Pedro Nelson Acuña, logró las condenas para las tres personas acusadas de abuso sexual en niños. La víctima, es nieta y sobrina de los hoy condenados.
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El tribunal de sentencia de San Estanislao condenó en un juicio oral y público a los tres acusados luego de ser encontrados culpables por el delito de abuso sexual en niños. Los hechos ocurrieron en la ciudad de Capiibary.
La investigación del caso se inició en la Fiscalía de Caaguazú y luego fue derivada a la Fiscalía de Villarrica. Finalmente, con base en informes psicológicos, el caso fue remitido al juzgado de San Estanislao y posteriormente al tribunal colegiado de la mencionada ciudad, donde se llevó a cabo el juico oral con la condena de los tres familiares de la víctima.
La defensa de los condenados puede apelar la sentencia condenatoria y en caso de ser así será un tribunal de apelación el que tendrá la última palabra si confirma la condena dictada en primera instancia o dispone la realización de un nuevo juicio oral y público.
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