Pavo Real II: confirman al juez Osmar Legal y embargo de bienes de imputados
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La Cámara de Apelación, conformada por Silvana Luraghi, Arnaldo Fleitas y Claudia Criscioni, confirmó la resolución del juez Osmar Legal quien decretó la inhibición general de enajenar y gravar bienes, respecto a Eulalio Gomes, Alexandre Rodrigues Gomes, Oscar Daniel Cabreira Pinazo y las empresas ligadas a estos; y el embargo y bloqueo de todos los bienes y dinero depositados en entidades financieras. Todos los citados están imputados en el marco del proceso penal conocido como Pavo Real II.
También se confirmó la competencia del juez Legal en el caso y además se ratificó la prisión donde el Institutos Penales crea conveniente para el procesado Alexandre Rodrigues Gomes.
Días atrás, el juez Legal otorgó medidas alternativas a la prisión a Luis María Eugenio Zubizarreta Zaputovich y a John Gerald Matthías Gaona, representantes del banco Zeta, imputados por lavado de dinero y otros delitos en el caso conocido como Pavo Real II.
Legal impuso a los dos procesados la comparecencia obligatoria a todos los llamados del juzgado, la comparecencia trimestral, dentro de los primeros diez (10) días hábiles de cada trimestre ante este Juzgado, prohibición de cambiar el domicilio y número de teléfono, prohibición de salir del país sin autorización judicial, prohibición de comunicación por cualquier medio con los demás imputados.
Asimismo, tienen una caución real de G. 17.486.571.100, y en el caso de Matthías Gaona por la suma de G. 8.363.142.700. En ambos casos se ha trabado embargo sobre los bienes que fueron ofrecidos como garantía.
El Tribunal de Apelación ratificó la condena de 4 años de cárcel para la odontóloga Lilia Graciela Espinoza y 3 años de pena privativa de libertad a la química farmacéutica Sandra Hermosa, condenadas por la muerte de Sol Chávez. Foto: Gentileza
Caso Sol Chávez: ratifican condenas de 4 y 3 años de cárcel a bioquímica y odontóloga
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El Tribunal de Apelación ratificó la condena de 4 años de cárcel para la odontóloga Lilia Graciela Espinoza y a 3 años de pena privativa de libertad a la química farmacéutica Sandra Hermosa, enjuiciadas por el fallecimiento de la joven Sol Chávez, quien murió por intoxicación por flúor.
En el mes de mayo, en un tercer juicio oral y público, el Tribunal de Sentencia integrado por los jueces Juan Francisco Ortiz, Rossana Maldonado y Lourdes Garcete, condenó a Espinoza y Hermosa.
El Ministerio Público pidió 5 años de cárcel y 10 años de prohibición de ejercer la profesión de odontóloga y bioquímica.
Los padres de Chávez se habían encadenado frente al Poder Judicial exigiendo Justicia por la muerte de su hija y la aplicación de penas más justas para las acusadas que ocasionaron el lamentable hecho.
Por su parte, la madre de la joven Sol Chávez sostuvo que “recibimos la noticia que el Tribunal de Apelación confirmó las condenas dictadas por un Tribunal de Sentencia contra las dos personas condenadas por el fallecimiento de mi hija”.
Corte ratificó condena de 10 años de cárcel para Rafael Esquivel, alias Mbururú
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La sala penal de la Corte Suprema de Justicia ratificó la condena de 10 años de cárcel para Rafael Esquivel, alias “Mbururú”, quien fue sentenciado por un caso de invasión a una propiedad en la ciudad de Itakyry, departamento de Alto Paraná, ocurrido en agosto del año 2022. La máxima instancia judicial declaró inadmisible la casación que planteó la defensa del condenado.
La defensa de Esquivel recurrió a la Corte tratando de dejar sin efecto las resoluciones de primera y segunda instancia en las que fue condenado a 10 años de pena privativa de libertad.
La ministra de la Corte, Carolina Llanes, mencionó que el recurso de casación exige cumplir estrictos requisitos de admisibilidad, pero la defensa del condenado no fundamentó de manera precisa cuáles fueron los errores jurídicos cometidos ni qué parte del fallo debía anularse, por lo que corresponde declarar inadmisible el recurso.
Mientras que los ministros Luis María Benítez Riera, así como Manuel Ramírez Candia, se adhirieron al voto de la ministra Llanes, quien concluyó que el recurso no cumplía con las exigencias mínimas de fundamentación.
De esta forma, se ratifica la condena de 10 años de cárcel para Esquivel. El expediente se encuentra caratulado como “Rafael Esquivel y otros s/ homicidio doloso y otros”, aunque en el caso particular del condenado la calificación legal confirmada fue por coacción grave y robo agravado.
La Corte confirmó la condena por lavado de dinero de 3 años y 6 meses de cárcel para Bruno da Costa Amaral (Der.) compartiendo con el presidente de la República, Mario Abdo Benítez. Foto: Archivo
Corte ratifica condena para acusado por incautación de billetes venezolanos
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La sala penal de la Corte ratificó la condena de 3 años y 6 meses de prisión para Bruno José Da Costa Amaral, quien fue encontrado culpable por lavado de dinero debido a la tenencia de billetes venezolanos que pretendían ser vendidos en el mercado negro. En febrero del año 2017 fueron encontradas más de 500 bolsas llenas de bolívares venezolanos de diversos valores en una residencia de la conocida familia Da Costa Amaral, de Salto del Guairá.
La defensa del condenado recurrió a la Corte buscando dejar sin efectos las sentencias de primera y segunda instancia.
La ministra Carolina Llanes sostuvo que el escrito de la defensa del condenado carece de la debida argumentación jurídica y de la exposición concreta de los agravios, tal como exige el artículo 478 del Código Procesal Penal.
En el mismo sentido votó el ministro Luis María Benítez Riera, quien se adhirió a la postura de Llanes, señalando que el recurso no cumplía con los requisitos de fundamentación crítica y precisa, lo que lo tornaba inadmisible.
En disidencia, el ministro Ramírez Candia consideró que el recurso debía admitirse, pues la defensa había planteado cuestionamientos sobre la supuesta orfandad argumentativa de la sentencia, la violación del principio de congruencia y la valoración probatoria.
Finalmente, por mayoría de votos, la sala penal de la Corte Suprema de Justicia resolvió rechazar el recurso y declarar inadmisible la casación, quedando firme la sentencia condenatoria dictada contra Da Costa Amaral en el marco de la investigación por presunto lavado de dinero.
El PLRA logra suspender remate de locales partidarios, anuncia Hugo Fleitas
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El presidente del Partido Liberal Radical Auténtico (PLRA), Hugo Fleitas, informó que se logró suspender el remate de varios locales pertenecientes a la organización política. A través de su cuenta en X (antes Twitter), Fleitas señaló que los bienes partidarios “se respetan y no se negocian” y agradeció el respaldo de militantes, dirigentes y el equipo jurídico que acompañó las gestiones.
El titular del PLRA resaltó que la medida fue posible “con mucho esfuerzo y gracias al apoyo de mucha gente comprometida”, reafirmando que continuarán trabajando para “dar siempre lo mejor” a la nucleación política. La suspensión del remate evita, por el momento, la pérdida de inmuebles utilizados para actividades partidarias en distintas localidades del país.
Es sabido que el Partido Liberal arrastra una difícil realidad financiera desde ya hace varios años, deudas que fueron adquiridas durante la presidencia de Efraín Alegre y que en su mayoría, han permanecido impagas hasta la fecha, llevando a los acreedores a realizar demandas y promover embargos en contra del partido.
La situación económica adversa del PLRA también ha sido un factor que ha contribuido a su inestabilidad política. Muchos dirigentes liberales han cuestionado la gestión de Fleitas al frente de la institución, puesto que señalan que su administración no ha terminado de dilucidar el monto real de la deuda.