Los camaristas Delio Vera Navarro, Bibiana Benítez y José Agustín Fernández deben analizar la apelación que se presentó contra la exigua condena de 2 años y 6 meses de cárcel de la odontóloga Lilia Graciela Espinoza y la bioquímica Sandra Hermosa, sentenciadas por el fallecimiento de la joven Sol Chávez, quien murió a causa de la ingesta de una dosis letal de flúor.
Los referidos camaristas deberán resolver si corresponde anular la mínima sentencia por tan grave hecho que acabó con la vida de una joven con futuro enorme. En caso de que se anule la leve condena, se deberá llevar a cabo un tercer juicio oral contra las dos acusadas.
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La leve condena llamó la atención de todos, atendiendo la gravedad del hecho debido a que a raíz de la negligencia de las hoy condenadas falleció la joven Sol Chávez. Los jueces que votaron por la exigua condena son Laura Ocampos y Fabián Weinsensee, mientras que la jueza Cándida Fleitas votó por la pena de 3 años de cárcel para las acusadas.
En los alegatos finales, la Fiscalía pidió la pena de 5 años de cárcel al igual que la querella adhesiva luego de comprobarse la gravedad del hecho. En un primer juicio oral, Espinoza fue condenada a 4 años de cárcel y Hermosa a 3 años de pena privativa de libertad.
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PLRA apela reintegración de senadores expulsados
El Partido Liberal Radical Auténtico (PLRA), a través de su representante legal, el abogado Agustín Saguier, interpuso el pedido de recurso de nulidad y apelación contra la sentencia del N° 05/2025 del Tribunal Electoral de la Capital, segunda sala, que ordenó la reincorporación de los senadores Dionisio Amarilla, Noelia Cabrera, Édgar López y Hermelinda Alvarenga.
El pasado 7 de marzo, el Tribunal Electoral segunda sala, emitió el dictamen por el cual resolvió declarar la nulidad de las convocatorias a sesión del Directorio y la convocatoria de una convención partidaria, en la cual se resolvió la expulsión de cuatro legisladores de las filas partidarias.
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En los fundamentos del recurso de nulidad, se cita la valoración de pruebas inexistentes y ausencia de la prueba fundamental en el expediente. De acuerdo a la argumentación utilizada, “la resolución recurrida adolece de orfandad probatoria, pues fue dictada sin que el proceso conste debidamente incorporada la resolución, cuya nulidad se demanda (o el acta de la sesión del 13 de febrero del 2024).
Agrega que “el Tribunal no contaba con los elementos mínimos, en efecto, a invocar pruebas no producidas la resolución es nula de pleno derecho, pues se dictó sin fundamento probatorio alguno y en contravención a lo dispuesto en el Código Procesal Civil”.
El documento también señala que se vulneraron los siguientes principios procesales: el principio de fundamentación de las resoluciones judiciales, el principio de congruencia procesal, la nulidad de actos procesales por violación de normas esenciales y la prohibición de nulidad en cascada.
Finalmente, se solicita que “el Tribunal de Alzada dicte un nuevo pronunciamiento, por el cual rechace la demanda de nulidad por la parte autora, al carecer de sustento legal y probatorio suficiente”.
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La condena a Oviedo, un hecho que marcó la política paraguaya
- Silde Oporto
El 9 de marzo de 1998, el exgeneral y político Lino César Oviedo, fue condenado por la Justicia Militar a 10 años de prisión por el intento del golpe de Estado, contra el entonces presidente de la República, Juan Carlos Wasmosy. A 27 años de esta condena, y las consecuencias políticas que se sucedieron, aún existen los vestigios de una división marcada, tanto en el ámbito político, como en la misma sociedad paraguaya.
En abril de 1996, Lino César Oviedo, o Lino’O, entonces comandante del Ejército, mantenía una influencia marcada en las Fuerzas Armadas, la que intentó poner en práctica organizando un levantamiento militar para impedir un afianzamiento del entonces jefe de Estado, Wasmosy.
Esta actuación le costó a Oviedo ser destituido del cargo por el propio Wasmosy y ser llevado hasta la Justicia Militar, donde fue acusado de intento de golpe de Estado y rebelión. En ese entonces, el exgeneral contaba con un amplio respaldo dentro del Partido Colorado, como una fuerte figura para las elecciones presidenciales de 1998.
Sin embargo, la condena de la Justicia Militar, también tuvo sus fuertes consecuencias políticas, quedó inhabilitado para ser parte del proceso electoral del 98, por lo que el Partido Colorado finalmente eligió como candidato a Raúl Cubas Grau, quien finalmente ganó las elecciones desarrolladas en marzo de ese mismo año.
A pesar de estar encarcelado, cumpliendo con esta condena militar, Lino César Oviedo siguió en la política, y generó una gran influencia política en los tiempos venideros. Esto tuvo un nuevo impacto político en el 2007, logró su libertad vía habeas corpus y de revisión de su condena, ordenada por la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, donde los ministros que votaron por su libertad de Oviedo fueron: Sindulfo Blanco y Miguel Óscar Bajac, mientras que la ministra Alicia Pucheta de Correa votó en disidencia.
Jesús Argaña, hijo de Luis María Argaña, relató para La Nación/Nación Media, que existe un importante antecedente que preside a esta situación, lo ocurrido el 27 de diciembre de 1992, en que se roba las elecciones al doctor Luis María Argaña. “Fueron protagonistas de ese lamentable hecho que marcó a fuego e hirió de muerte prácticamente a la democracia y el sistema jurídico de la República, ahí se marcó un poco el derrotero de la muerte del doctor Argaña”, expresó.
Detalló que posteriormente se dan las elecciones internas del 96 donde es electo Luis María Argaña como presidente del Partido Colorado, donde también se produce un cierto acercamiento entre Argaña y Wasmosy por algunos amigos en común.
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El 60 % de los adultos sufrirá exceso de peso en 2050, advierte estudio del IHME
- París, Francia. AFP.
Casi el 60 % de todos los adultos y un tercio de todos los niños en el mundo sufrirán sobrepeso u obesidad en 2050, a menos que los gobiernos tomen medidas, según un nuevo y amplio estudio publicado el martes. La investigación publicada en la revista Lancet utilizó datos de 204 países para pintar un panorama sombrío de lo que describió como uno de los grandes desafíos de salud del siglo.
“La epidemia global sin precedentes de sobrepeso y obesidad es una tragedia profunda y un monumental fracaso social”, dijo en un comunicado Emmanuela Gakidou, autora principal del estudio del estadounidense Instituto para la Métrica y Evaluación de la Salud (IHME, por sus siglas en inglés). Este fracaso llevó a que el número de personas con sobrepeso u obesidad en todo el mundo aumentara de 731 millones en 1990 a 493 millones en 2021, según el estudio.
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Sin un cambio de rumbo drástico, los investigadores estimaron que 3.800 millones de personas --o alrededor del 60 % de la población adulta mundial-- se verán afectadas por el sobrepeso o la obesidad en 15 años. Se calcula que alrededor de una cuarta parte de los obesos del mundo tendrán más de 65 años en esa fecha. Los expertos también predijeron un aumento del 121% de la obesidad entre niños y adolescentes de todo el mundo.
En 2050 un tercio de todos los jóvenes obesos vivirán en dos regiones, África del Norte y Oriente Medio y América Latina y el Caribe, advirtieron los investigadores. Aún no es demasiado tarde para actuar, dijo Jessica Kerr, del Instituto de Investigación Infantil Murdoch en Australia, coautora del estudio.
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“Se necesita un compromiso político mucho más fuerte para transformar las dietas dentro de sistemas alimentarios globales sostenibles y para apoyar estrategias integrales que mejoren la nutrición, la actividad física y los entornos de vida de las personas, ya sea demasiados alimentos procesados o no suficientes parques”, dijo.
Según el estudio, actualmente más de la mitad de los adultos con sobrepeso u obesidad del mundo se concentran en solo ocho países: China, India, Estados Unidos, Brasil, Rusia, México, Indonesia y Egipto. El texto se basa en cifras recogidas por el Estudio del Impacto Global de Enfermedades del IHME, que reúne a miles de investigadores de todo el mundo y está financiado por la Fundación Bill y Melinda Gates.
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Imedic: Corte se debe integrar para estudiar si anulan leve condena a Justo Ferreira
La sala penal de la Corte Suprema de Justicia se debe integrar para estudiar el pedido del Ministerio Público que solicitó anular los fallos de primera y segunda instancia del condenado a 3 años de cárcel, Justo Ferreira, presidente de Imedic S.A. (Insumos Médicos), quien fue encontrado culpable por el delito de contrabando por el ingreso irregular de 50 camas hospitalarias en pandemia del covid-19.
La ministra e integrante de la sala penal de la Corte, Carolina Llanes, es la única que integra la máxima instancia judicial debido a que los ministros Luis María Benítez Riera y Manuel Ramírez Candia se apartaron de entender en el presente proceso penal. Igualmente, se apartaron los altos magistrados, César Diesel, Víctor Ríos y Gustavo Santander.
Ahora el expediente fue al despacho del ministro Eugenio Jiménez, quien deberá decidir si acepta integrar el presente caso. Posteriormente se tendrá que buscar otro ministro para conformar la sala penal de la Corte, que estudiará si se realiza un nuevo juicio oral contra Justo Ferreira.
El Ministerio Público pidió la nulidad de los fallos del tribunal de sentencia y del tribunal de apelación que solo condenaron a 3 años de cárcel a Justo Ferreira de la firma Imedic S.A. Solicitan e reenvío del presente caso para que otro colegiado pueda realizar el juzgamiento pertinente y se dicte una sentencia condenatoria más, atendiendo la gravedad del hecho juzgado y porque se jugó con la salud de los paraguayos durante la pandemia.
La acusación de la Fiscalía sostuvo que durante la pandemia de covid-19, Imedic debió entregar al Ministerio de Salud mascarillas con filtro, trajes para riesgos biológicos y camas manuales para pacientes, sin embargo, Justo Ferreira introdujo al país en forma irregular 50 camas hospitalarias.