La jueza Penal de Garantías, Diana Carvallo, otorgó el arresto domiciliario a Elián López Torres, imputado por lesión grave luego de arrojar una copa de vidrio a la joven Dahiana Benítez, quien a raíz del hecho perdió un ojo. La resolución judicial se dio a conocer luego de la audiencia de revisión de medidas cautelares.
La citada magistrada dispuso la prohibición de acercarse o molestar a la víctima y a los familiares de esta por cualquier medio, la obligación de comparecer a la audiencia preliminar a ser fijada en su oportunidad, la obligación de no cambiar el número de teléfono denunciado en el que el mismo recibirá las correspondientes notificaciones.
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Igualmente se le impuso la obligación de presentar en el plazo de 30 días hábiles, una fianza real y/o personal que cubra la suma G. 150 millones y la promesa del procesado de someterse en forma legal y debida a la presente causa, bajo apercibimiento de que en caso de incumplimiento de algunas de las medidas impuestas, estas serán revocadas y sustituidas por la prisión preventiva.
De acuerdo a la imputación del Ministerio Público, el joven había arrojado una copa de vidrio a la víctima, quien acabó perdiendo un ojo luego a causa del impacto de dicho objeto contra su rostro. Por su parte, los familiares de la joven víctima del hecho piden justicia por el grave suceso que se registró y que el presente caso no quede impune.
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Brazo logístico del EPP: jueza pide a Venezuela la extradición del clan Villalba
Este viernes se dio a conocer que la jueza contra el crimen organizado Lici Sánchez solicitó a las autoridades de Venezuela la extradición de Mariana Ayala López, Myrian Villalba Ayala, María Rosa Villalba, Claudia Villalba, Tania Caballero Villalba, Viviana Caballero Villalba, sindicadas de ser el brazo logístico del Ejército del Pueblo Paraguayo (EPP).
Actualmente la madre y las hermanas de Carmen Villalba, líder del EPP, se encuentran radicadas junto con 10 niños, quienes serían hijos y sobrinos, en la ciudad de Caracas tras solicitar refugio político al gobierno de Nicolás Maduro.
A la vez se admitió la solicitud del agente fiscal Federico Delfino consistente en avanzar con la captura internacional de las mismas. La solicitud de extradición fue realizada en base a las reglas de reciprocidad y tratados internacionales.
Incluso las mujeres son acusadas de criar y adoctrinar a los menores de edad para luego ser integrados al grupo terrorista. Previo a su instalación en Caracas, el clan se encontraba radicado en Argentina tras haber logrado refugio político durante el kirchnerismo.
Sin embargo, la medida fue levantada en octubre pasado por el gobierno de Javier Milei. “Los requerimientos dirigidos a jueces o autoridades extranjeras se efectuarán por exhortos y se tramitarán en la forma establecida por el Derecho Internacional vigente, las leyes y las costumbres internacionales”, indica la resolución emanada por Sánchez citando el artículo 146 del Código Procesal Penal.
Agrega que “no obstante, se podrán dirigir directamente comunicaciones urgentes a cualquier autoridad judicial o administrativa extranjera, anticipando el requerimiento o la contestación a un requerimiento. En lo pertinente, se aplicarán las disposiciones relativas a los exhortos previstas por el Código Procesal Civil”.
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Igualmente hace mención al artículo 147 del Código Procesal Penal sosteniendo que “lo relativo a la extradición de imputados o condenados se regirá por el Derecho Internacional vigente, por las leyes del país, por las costumbres internacionales o por las reglas de la reciprocidad cuando no exista norma aplicable”.
La resolución de la jueza continua afirmando que “conforme a las disposiciones legales trascriptas, a las constancias de autos, a los antecedentes remitidos por el Ministerio Público esta judicatura considera ajustado a derecho el requerimiento fiscal por el que se solicita librar el correspondiente exhorto a las autoridades de la república bolivariana de Venezuela”.
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Operación Fleeting: juez otorgó arresto domiciliario al imputado Carlos Stehlik
El juez Penal de Garantía, Mirko Valinotti, otorgó el arresto domiciliario a Carlos Miguel Stehlik Maciel, imputado por presuntamente haber creado perfiles falsos de Instagram para captar a víctimas de alto perfil económico a fin de extorsionarlas. El referido magistrado dispuso una fianza de G. 300 millones, entre fianza personal y una fianza real sobre un inmueble.
El Ministerio Público junto con la Policía Nacional realizó la operación Fleeting, que permitió capturar a un hombre y una mujer presuntamente involucrados en un esquema de sextorsión. Los detenidos son Carlos Miguel Stehlik Maciel, con antecedentes penales, y Tania Giselle Galeano Llanes, funcionaria del Poder Judicial.
El fiscal Federico Delfino indicó en su momento que se comprobó que Carlos Miguel Stehlik Maciel tenía la colaboración de la referida funcionaria judicial. “Los materiales obtenía a partir de amistades de él de sexo femenino y con eso comenzaba, por llamarlo así, el juego de la extorsión, juegos sexuales que posteriormente iban a la extorsión propiamente dicha”, refirió.
El agente del Ministerio Público sostuvo que el hombre exigía el pago de cierta suma de dinero “a fin de poner en una situación de coacción a la víctima”. Así también, habló del rol de la funcionaria de Justicia en el esquema delictivo. “Presumimos y, de acuerdo a los elementos que ya colectamos, era ella la que entregaba al extorsionador sus fotos para obtener estas sumas de dinero. Y también formaba parte de la propia coacción y de realizar el hecho con las amenazas hacia la víctima”, agregó.
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Victoria definitiva: jueza de EE. UU. cierra el caso de interferencia electoral contra Donald Trump
Una jueza aceptó este lunes cerrar el caso contra Donald Trump por el presunto intento de alterar los resultados de las elecciones de 2020 que perdió contra Joe Biden.
La jueza federal Tanya Chutkan siguió las recomendaciones del fiscal especial Jack Smith, quien optó por cumplir la política adoptada hace más de 50 años por el Departamento de Justicia de no procesar a un presidente en ejercicio.
Smith también renunció a procesar al magnate republicano por guardar documentos clasificados después de irse de la Casa Blanca, el otro caso federal que tenía pendiente.
Desde las elecciones del 5 de noviembre, Donald Trump, que asumirá el cargo el 20 de enero, tenía casi garantizado que se libraría de estos dos casos.
En el primero, en Washington, la jueza Chutkan aprobó rápidamente la petición de Jack Smith de desestimar los cargos, sin prejuzgar si deben reabrirse al final del mandato del republicano de 78 años.
Esta recomendación es “coherente con la interpretación de la fiscalía de que la inmunidad concedida a un presidente en ejercicio es temporal, expirando cuando abandona el cargo”, dijo.
El fiscal especial ya había cancelado todas las fechas del calendario judicial para los dos casos, dándose de plazo hasta el 2 de diciembre para “analizar esta situación sin precedentes”.
El Departamento ha seguido la política de no procesar a un presidente en ejercicio desde 1973, en pleno escándalo del Watergate, pero el caso de Trump, elegido presidente tras ser procesado penalmente, es inédito.
Tal vez en el 2029
El fiscal especial recomendó a la jueza que desestimara el caso a la luz de esta política pero dejó abierta la posibilidad de que pueda reactivarse una vez que Trump deje el cargo, en principio en 2029.
La posición sobre “la acusación contra el demandado no ha cambiado”, recalcó, “pero las circunstancias sí”.
“Desde hace mucho tiempo, la posición del Departamento de Justicia ha sido que la Constitución de Estados Unidos prohíbe la acusación federal y el posterior enjuiciamiento penal de un presidente en funciones”, explicó el fiscal.
Fuente: AFP
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A Utranza Py: el 5 de diciembre se define si el pastor José Insfrán irá a juicio oral y público
La jueza de Crimen Organizado, Rosarito Montanía, fijó para el 5 de diciembre, a las 09:00, la audiencia preliminar para el pastor José Insfrán, acusado por hechos punibles relacionados al narcotráfico en el marco de la investigación del operativo A Ultranza Py.
En la diligencia judicial se definirá si el caso se eleva a juicio oral y público, así como pidió el Ministerio Público en su requerimiento conclusivo. El fiscal Deny Pak fue quien presentó la acusación, solicitando que el caso se discuta en un juicio oral y público.
De acuerdo a una parte de la extensa acusación, Insfrán Galeano creó varias empresas con dinero producto del narcotráfico, que fue ganancia obtenida por su hermano Miguel Ángel Insfrán, alías Tío Rico, para abrir varias cuentas bancarias y así acceder a créditos para blanquear la ganancia que deja el narcotráfico.
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Según la acusación, José Alberto Insfrán Galeano creó empresas con recursos del narcotráfico obtenidos por su hermano Miguel Ángel Insfrán, y así abrió cuentas bancarias para obtener créditos y blanquear ganancias ilícitas mediante una red de documentos falsificados y vínculos en cooperativas y bancos.
También se describe que se crearon varias empresas como Metalúrgica El Porvenir S. A., Barakah S.R.L. y Agroganadera e Industrial Nuevo Horizonte. En ese proceso presentó certificados de trabajo falso con salarios elevados para lavar dinero.
Del mismo modo, la Fiscalía sostiene que Insfrán Galeano cumplía un papel importante dentro de la organización liderada por su hermano Miguel Ángel Insfrán y del narcotraficante uruguayo Sebastián Marset Cabrera.
Otro punto que se detalla en la acusación es que el pastor Insfrán usó una asociación religiosa como fachada para insertar las ganancias ilícitas en el sistema económico de Paraguay. Esta organización, llamada Centro de Convenciones Avivamiento (CCA), se transformó en una herramienta clave bajo la dirección de José Insfrán, quien asumió su presidencia en 2020. Bajo su liderazgo se realizaron inversiones millonarias en propiedades y proyectos vinculados al CCA.
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