La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, integrado por los ministros Víctor Ríos, Alberto Martínez Simón y Luis María Benítez, hizo lugar a la suspensión de los efectos de varios reglamentos que establecen la estricta prohibición de asignación de combustibles a autoridades y funcionarios de los tres poderes del Estado.
Con la autodeterminación adoptada por la máxima instancia judicial, los ministros y funcionarios judiciales van a seguir teniendo el privilegio de los cupos de combustible. El pedido para seguir con el beneficio de cupos de combustible fue solicitado por el director jurídico de la Corte, Gustavo Gorostiaga.
Los ministros de Corte sostienen que numerosos artículos del decreto del Poder Ejecutivo que aprueba el PGN 2025, entre otros apartados de otras leyes, podrían acarrear un “perjuicio irreparable”, por lo que corresponde hacer lugar a la medida cautelar mientras se tramita la acción de inconstitucionalidad presentada por la propia Corte Suprema de Justicia. Los artículos atacados guardan relación con medidas de racionalización del gasto público.
Es importante mencionar que en este caso solo es beneficiada la máxima instancia judicial debido a que la acción tiene un efecto solo a favor de la Corte debido a que fue la máxima instancia judicial quien accionó pero con la presente determinación podría haber una masiva presentación de acciones para seguir teniendo los cupos de combustible.
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La Fiscalía se cansa de las chicanas y pide reactivar la causa de excolaboradores de Abdo
La Fiscalía pidió a la Corte Suprema de Justicia reactivar la causa correspondiente a la causa de la filtración de información por parte de exfuncionarios del gobierno de Mario Abdo Benítez.
Los agentes fiscales Silvia González y Christian Benítez, de la Unidad Especializada en Delitos Económicos y Anticorrupción, solicitaron formalmente a la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia la conformación del Tribunal de Apelación para destrabar la causa de las filtraciones de la Seprelad.
El objetivo del Ministerio Público es que este órgano resuelva de una vez los recursos pendientes presentados por los acusados, según una información publicada por el diario digital hoy.com.py.
Estas acciones judiciales mantienen completamente frenado el proceso e impiden que se pueda fijar la fecha para la audiencia preliminar.
Según la acusación fiscal, entre los años 2021 y 2022 se estructuró un esquema ilícito integrado por exautoridades de la Seprelad, la Secretaría Nacional Anticorrupción (Senac) y el Ministerio del Interior.
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La hipótesis del Ministerio Público sostiene que este grupo elaboró y filtró de manera coordinada informes de inteligencia financiera de carácter confidencial. Estos documentos alterados y reservados habrían sido utilizados para perseguir a adversarios políticos del gobierno de Mario Abdo Benítez.
A pesar de que la Fiscalía presentó la acusación formal y solicitó elevar el caso a juicio oral el 11 de marzo de 2025, la causa lleva más de un año paralizada debido a una incesante cadena de recursos promovidos por los abogados defensores.
La última acción planteada fue contra los miembros de la propia Cámara de Apelaciones. Esto derivó en que el expediente fuera remitido a la Corte Suprema de Justicia, donde permanece congelado a la espera de una resolución que defina qué jueces deben intervenir.
El requerimiento conclusivo de la Fiscalía cuenta con más de 200 elementos de prueba documentales, periciales y testimoniales. El Ministerio Público acusa directamente a Carlos Arregui, Arnaldo Giuzzio, René Fernández, Carmen Pereira, Guillermo Preda y Francisco Pereira.
Los procesados enfrentan cargos por asociación criminal, revelación de secretos de servicio, usurpación de funciones públicas y denuncia falsa. Cabe destacar que el también investigado Daniel Farías falleció en marzo pasado, quedando fuera del proceso judicial.
Por otra parte, el expresidente Mario Abdo Benítez y el actual diputado Mauricio Espínola mantienen un estatus diferente dentro del expediente penal. Ambos fueron imputados en marzo de 2024, pero actualmente se encuentran protegidos por contar con fueros de inmunidad.
- Fuente: hoy.com.py
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Comisarías de oro: piden a la Corte integrar la cámara de apelación en causa penal de Filizzola
La fiscal de Delitos Económicos y Anticorrupción, Silvia González, pidió a los integrantes de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia que arbitren las medidas necesarias para la pronta integración del Tribunal de Apelación competente.
Los integrantes del tribunal de segunda instancia deberán estudiar si corresponde anular la prescripción del proceso penal por lesión de confianza que enfrenta el senador Rafael Filizzola en el caso conocido como “comisarías de oro”, donde la Fiscalía señaló un perjuicio de G. 1.200 millones contra el Estado paraguayo.
Los ministros Carolina Llanes, Manuel Ramírez Candia y Víctor Ríos deberán estudiar si corresponde confirmar a la camarista Adriana Giagni o a Camilo Torres para integrar el Tribunal de Apelación Penal, el cual tendrá que decidir si Filizzola seguirá procesado por lesión de confianza.
En su momento, el juez penal de garantías Yoan Paul López decidió hacer lugar a la prescripción del caso, determinación que fue apelada por el Ministerio Público.
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En este proceso se investiga una supuesta lesión de confianza que involucra al exministro del Interior y actual senador Rafael Augusto Filizzola Serra.
La Fiscalía sostiene, con varios elementos probatorios, que existe un perjuicio patrimonial de aproximadamente G. 1.200 millones al Estado por la construcción de baños y celdas en 24 comisarías de Asunción, obras realizadas sin estudios técnicos ni requerimientos específicos de las dependencias policiales, y que además quedaron inconclusas.
Caso Helicópteros
Por otra parte, la jueza penal de garantías, Alicia Pedrozo, hizo lugar al pedido del fiscal Francisco Cabrera y ordenó el sobreseimiento definitivo de Rafael Filizzola, quien había sido acusado en su momento por la compra de helicópteros para la Policía Nacional, un caso que generó un perjuicio estimado de G. 50.000 millones.
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Caso Imedic: confirman cárcel de 3 años para Justo Ferreira por contrabando
La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia ratificó la condena de 3 años de cárcel para Justo Ferreira, directivo de la firma Imedic S.A, encontrado culpable por el contrabando de 50 camas hospitalarias durante la pandemia del Covid-19. Asimismo, se confirmó la absolución de su hija Patricia Ferreira y de otras tres personas procesadas en la misma causa.
La máxima instancia judicial no admitió los recursos de casación presentados por la fiscalía y así como la presentada por las defensas al considerar que no cumplían con los requisitos legales para su estudio. La resolución de la Corte lleva la firma de los ministros María Carolina Llanes, Agustín Lovera Cañete y María Belén Agüero.
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La acusación fiscal sostuvo que en abril de 2020 ingresaron al país 450 camas hospitalarias, pese a que el contrato con el Ministerio de Salud contemplaba únicamente 400. Las 50 camas excedentes, de alta gama, habrían ingresado sin el pago de los tributos correspondientes. La defensa señaló durante el juicio que dichos impuestos sí fueron abonados.
El tribunal de sentencia concluyó que quedó probado que Justo Ferreira cometió el hecho de contrabando. En cambio, absolvió a Patricia Ferreira al considerar que la Fiscalía no logró demostrar su participación directa y que su condición de representante de la empresa no implicaba responsabilidad penal.
También quedaron firmes las absoluciones de los funcionarios de Aduanas Guillermo Molinas y Gustavo Acosta, así como del despachante Carlos Gamarra, al concluirse que no se acreditó la existencia de dolo en sus actuaciones.
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Contradicción: el ministro Ramírez Candia admitió competencia civil que hoy cuestiona en el JEM
En los últimos días se generó un interesante debate en el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM), donde los ministros de la Corte Suprema de Justicia, Manuel Ramírez Candia y César Garay, señalaron que los jueces civiles no tienen competencia para entender en demandas por indemnización de daños y perjuicios promovidas contra el Estado paraguayo.
Sin embargo, el ministro Ramírez Candia admitió la competencia de los jueces civiles al firmar en el año 2022 un fallo como miembro de la Sala Civil de la máxima instancia judicial.
De esta manera, el alto magistrado se contradice con su actual postura. Llama la atención la decisión que adopta en el órgano juzgador de magistrados, atendiendo a que pretende enjuiciar a los jueces que entiendan y dicten resoluciones en relación con los juicios civiles señalados más arriba.
En el marco del juicio caratulado “Miguel Ángel Enciso Ortiz contra Banco Central del Paraguay sobre indemnización de daños y perjuicios”, el ministro Ramírez Candia no cuestionó la competencia de las decisiones dictadas en primera y segunda instancia. Todo lo contrario: firmó su voto rechazando la demanda de indemnización. En ese sentido, sorprende la insistencia del alto magistrado en pretender enjuiciar a los jueces, a pesar de que él mismo admitió la competencia de la jurisdicción del fuero civil en las acciones judiciales sobre indemnización de daños y perjuicios contra entes estatales.
Esposa de ministro fue demandada
En el año 2021, Gabriel Ramón Robledo Rolón planteó una demanda de indemnización por daños y perjuicios contra la jueza Yolanda Morel de Ramírez —esposa del ministro Manuel Ramírez Candia— y contra el Estado paraguayo, por haber estado privado ilegalmente de su libertad durante 475 días (es decir, 1 año, 3 meses y 20 días). En la demanda civil se solicitó la suma de G. 4.055 millones por los días de reclusión irregular.
En ese juicio, el juez Walter Mendoza hizo lugar a la excepción de previo y especial pronunciamiento de prescripción de la acción presentada por el abogado de la esposa del alto magistrado, por lo que la demanda civil quedó sin efecto. Se presume que este antecedente podría ser el motivo real de la reacción del alto ministro de la Corte liberal contra los jueces civiles.
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