Se trata de Marlene Engelhorn, descendiente de los fundadores de la compañía BASF, quien argumentó que no es que no quiera ser rica, es que no quiere ser tan rica. Foto: Gentileza.
¡Increíble! una joven de 29 años renunció a una herencia de más de U$S 4.000 millones
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Desde hace un par de días, la historia de Marlene Engelhorn, de 29 años, que ha rechazado una herencia de más de U$S 4.000 millones se viralizó. La misma es descendiente de los fundadores de BASF, una de las compañías químicas más importantes del mundo.
Para ser más precisos, de acuerdo a lo divulgado por medios internacionales, Marlene, quien estudia Lengua y Literatura Alemana en Viena, ha renunciado al 90% de su herencia alegando que “no es que no quiera ser rica, es que no quiero ser tan rica”.
Ella, es reconocida por luchar por una mayor y mejor distribución de las riquezas a nivel mundial, mediante un movimiento conformado por herederos de acaudalados empresarios de todo el planeta que rechazan vivir extremadamente acomodados con el dinero, fruto del trabajo de sus antepasados.
“No sabía qué hacer con eso, pero después comencé a pedir consejo a gente de mi entorno, hablé con expertos y llegué a la conclusión de que no debería ser mi decisión qué hacer con el dinero de mi familia, por el cual no he trabajado yo”, informó el portal español Telecinco.
La joven añadió que vio que así no podía ser feliz. “Si nadie inventa, desarrolla, manipula, vende los productos, entonces no hay ganancia. No se trata de una cuestión de voluntad, sino de equidad. No he hecho nada por este legado. Esto es pura suerte en la lotería del nacimiento y pura coincidencia”, resaltó.
Hace un año y medio, la joven había creado una institución denominada AG Steuersrechtigkeit que posteriormente se extendió por Europa bajo el nombre de Taxmenow, la cual lucha por la justicia fiscal en Alemania, de manera que los que más tienen paguen más impuestos.
El pedido del Poder Ejecutivo para intervenir las municipalidades de Asunción y Ciudad del Este, en proceso en la Cámara de Diputados, generó gran revuelo político y ambos intendentes, y sus respectivos aliados, han salido a defender su gestión, pero, cuáles son los motivos por los cuales se puede solicitar la intervención.
En conversación entre La Nación/Nación Media y el abogado Ricardo Preda, explicó que la existencia de un hecho punible o un indicio del mismo no es el único causal para una intervención; la sospecha de malos manejos administrativos, que no constituyan un delito, también pueden requerir la medida constitucional de la intervención.
“Por ejemplo, si yo utilizo un rubro en otro, es decir, dinero que está para construcciones para pagar salarios de los funcionarios, eso propiamente no es un delito porque no hay un perjuicio patrimonial, pero es una mala administración porque estoy usando incorrectamente los rubros”, detalló.
Hay un extenso listado de cuestiones que no corresponden a un delito como tal, pero sí habla de una mala gestión del administrador de gastos. Por citar algunos: falta de rendición de cuentas, desorganización en los registros contables y administrativos, inadecuado manejo de bienes patrimoniales, falta de respuesta a requerimientos de órganos de control, entre otros.
“Los defensores de uno de los intendentes, decía que ‘acá no hay perjuicio patrimonial’, yo desconozco porque no profundicé ninguno de los dos casos y no sé si es el caso, pero si una municipalidad paga todo con cheques al portador, eso es una mala administración, no necesariamente es un perjuicio patrimonial porque de por ahí se pagaron deudas que eran reales, pero no está bien que se pague de esa manera porque eso es poco transparente”, sostuvo.
El abogado Ricardo Preda explicó sobre el proceso de las intervenciones municipales. Foto: Archivo
La intervención
La intervención es una herramienta que está presente en el artículo n.° 165 de la Constitución y que está regulada por la ley n.° 317/1994. En estas normativas, se menciona la atribución de la Contraloría para cursar la solicitud de las intervenciones, mediante el Ministerio del Interior (Poder Ejecutivo), así como de las Juntas Municipales.
La Cámara de Diputados conformó dos comisiones especiales para investigar los motivos del pedido de intervención y que deberán emitir un dictamen en un plazo no mayor a 15 días hábiles a partir de su instalación. Posteriormente, el pleno deberá tratar este punto y definir si presta el acuerdo al Poder Ejecutivo para intervenir la municipalidad.
En caso de aprobarse la intervención, el Ejecutivo deberá designar a un interventor que tiene un plazo de 90 días, con posibilidad de prórroga, y deberá realizar una auditoría administrativa, financiera y legal de la gestión del intendente suspendido. Finalizado este trabajo, deberá remitir un informe recomendando la restitución o destitución del intendente
¿Pero, si el intendente renuncia, sigue en pie la intervención? No, si la renuncia presentada por el jefe comunal es aceptada por la Junta Municipal, la intervención queda sin efecto, no obstante, si existen presunciones de hechos punibles, el Ministerio Público tiene atribuciones para investigar.
“El hecho de que se le destituya o renuncie no cambia en absoluto de que el Ministerio Público va a estar obligado a perseguir esos delitos. Desde el punto de vista de los malos manejos que no constituyan hechos punibles que generan algún tipo de responsabilidad, igual la Municipalidad va a poder reclamar a esa autoridad que hizo incorrectamente, hay acciones civiles establecidas si hay algún perjuicio causado por el administrador, pero que no constituya hechos punibles”, puntualizó Preda a LN.
El tribunal de sentencia solo podrá condenar hasta 4 años de cárcel y 3 años a las acusadas por el fallecimiento de la joven Sol Chávez. Foto: Gentileza
Caso Sol Chávez: tribunal solo puede condenar hasta a 4 y 3 años de cárcel a las acusadas
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Se inició el tercer juicio oral y público de la odontóloga Lilia Graciela Espinoza y la química farmacéutica Sandra Hermosa, enjuiciadas por el fallecimiento de la joven Sol Chávez, quien murió por intoxicación por flúor. El tribunal de sentencia que tiene a su cargo juzgar a las dos acusadas está integrado por Juan Francisco Ortiz, Rossana Maldonado y Lourdes Garcete.
El juicio es al solo efecto de la medición de la pena, atendiendo que la responsabilidad de ambas acusadas quedó fehacientemente probada, por lo que el tribunal de sentencia explicó que el marco penal al que podrían ser condenadas es en el caso de Espinoza de hasta 4 años de cárcel y la de Hermosa hasta 3 años de pena privativa de libertad.
En diciembre del año pasado, el tribunal de Apelación, integrado por Delio Vera Navarro, Bibiana Benítez y José Agustín Fernández, anuló la leve condena de 2 años de cárcel para la odontóloga Lilia Graciela Espinoza y la bioquímica Sandra Hermosa, acusadas por el fallecimiento de la joven María Sol Chávez Franco, de 22 años, quien murió por intoxicación de flúor, el 9 de abril de 2021.
Los jueces señalaron que la sentencia cuestionada “denota claras contradicciones y falta de fundamentación por parte del tribunal de Sentencia en relación con el artículo 65 del Código Penal en cuanto a los fundamentos esgrimidos para llegar a la decisión adoptada, habiendo incurrido la sentencia en vicios consistentes en una fundamentación insuficiente y contradictoria”.
Ortega descarta renunciar a su banca en Diputados para hacer proselitismo
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La diputada del Partido País Solidario (PPS), Johanna Ortega, adelantó que no renunciará a su banca en la Cámara Baja y esto pese a que ya confirmó sus pretensiones electorales de apuntar a la intendencia de Asunción. La legisladora es criticada ya que hoy asume una posición que fue cuestionada de su parte en el periodo anterior.
“La renuncia es exagerada. Yo pediría permiso, que asuma el suplente y me dedicaría a hacer campaña 100 por ciento”, indicó la diputada al ser consultada si no piensa dejar la Cámara Baja con miras a las elecciones municipales del 2026.
La consulta a Ortega se realizó teniendo en cuenta que anteriormente había exigido al entonces diputado Sebastián García, renunciar a su banca antes de iniciar su trabajo proselitista a intendente en la capital por el Partido Patria Querida (PPQ), en el marco de los comicios del 2021, sin embargo, hoy asume otra postura.
La legisladora alegó que en aquel entonces desconocía el reglamento de la Cámara y que ahora leyó el documento y se dio cuenta que le da la oportunidad de pedir permiso a su banca. Lo que implica que si no corre su postulación, tendría la posibilidad de volver al Congreso en el mismo periodo parlamentario.
“La verdad que desconocía la posibilidad de pedir permiso para hacer campaña y retornar. Después hoy obviamente siendo diputada y leyendo el reglamento entiendo que puede haber un mecanismo”, señaló la parlamentaria del PPS.
Designan a Rubén Maciel como nuevo viceministro de Política Criminal
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A través del decreto N° 5330 de la Presidencia de la República, se designó a Rubén Maciel Guerreño como nuevo viceministro de Política Criminal, en reemplazo de Víctor Benítez, quien presentó su renuncia tras ser nombrado como juez penal de Garantías. Maciel Guerreño ya había ocupado el mismo cargo en el 2020.
El nuevo viceministro confirmó ante la 920 AM que asumirá oficialmente a partir de este viernes 21 marzo y manifestó algunos de los objetivos del Ministerio de Justicia. En este sentido, sostuvo que está en proyecto la construcción de tres nuevas penitenciarías de mujeres y que está previsto el cierre del Buen Pastor.
Maciel ocupó previamente el mismo cargo desde el 2020 hasta el 23 de marzo del 2022, fecha en que presentó su renuncia tras la designación a Édgar Olmedo como ministro de Justicia. El nuevo viceministro es de profesión abogado y ocupó diversos cargos dentro del Ministerio Público.
Es máster en Sistema Penal Comparado y Problemas Sociales y en Argumentación Jurídica por la Universidad de Barcelona y por la Universidad de Alicante respectivamente, ejerce la profesión desde el 2001 y cuenta con experiencia en litigios en los fueros penal, administrativo, laboral y civil-comercial, es especialista en Derecho Procesal Penal, además de notario y escribano público.