El director de la Cámara Paraguaya de Exportadores de Cereales y Oleaginosas (Capeco), Hugo Pastore, afirmó que no corresponde la clasificación “estándar” que le asignó a Paraguay la Unión Europea en el marco del Reglamento 1115, porque nuestro país demostró que cumple con los requisitos. Agregó que esto genera incertidumbre en el sector sojero, ya que podría tener un impacto negativo en la exportación.
“Nos parece que no corresponde esta calificación de intermedio, creemos que tendríamos que haber estado en un riesgo bajo”, afirmó Pastore, acotando que Paraguay cuenta con un marco legal sólido y evidencia técnica que respalda su cumplimiento ambiental. “En el caso de la soja al menos, casi el 100 % de la producción se hace en áreas que cumplen con la regulación”, dijo a La Nación/Nación Media
La semana pasada se dio a conocer el listado de países proveedores con su respectiva clasificación de riesgo, en el marco del Reglamento 1115, que prohíbe el ingreso a su territorio productos agroindustriales provenientes de zonas que hayan sido deforestadas. Paraguay, al igual que Argentina y Brasil, fue incluido en la categoría de riesgo “estándar” o riesgo medio.
Pastore señaló que la clasificación fue hecha de manera poco clara, recordando que los productores de Paraguay presentaron una plataforma que garantiza la trazabilidad de los productos. “Esto finalmente lo que tiene es una implicancia en la cantidad, en el porcentaje de auditorías que se podrá tener respecto del volumen que se comercie con la Unión Europea”, explicó el referente del gremio.
Uno de los principales puntos de fricción con la Unión Europea es la exigencia de que los productos exportados estén segregados físicamente según su origen. Esta demanda, según el director de Capeco, es incompatible con la lógica operativa del sector.
Al ser consultado sobre la posibilidad de revertir esta clasificación con el tiempo, el entrevistado fue cauto. “No lo sabemos realmente, no sabemos cuál va a ser la actitud que va a ir asumiendo la Unión Europea con relación a esto”, expresó a LN/NM.
El Reglamento 1115 de la UE entrará en vigencia a partir del 1 de enero de 2026. Establece que no podrán ingresar a su territorio productos agroindustriales provenientes de zonas que hayan sido deforestadas después del 31 de diciembre de 2020. Entre los bienes figuran aceite de palma, carne vacuna, soja, café, cacao, madera, carbón vegetal y caucho, así como productos derivados de los mismos.
El nuevo marco normativo clasifica a los países como de riesgo “bajo”, “estándar” o “alto”. En la categoría de riesgo bajo aparecen EE. UU., Canadá, Australia, Nueva Zelanda, India, China, Chile y Uruguay, entre otros países, mientras que Rusia fue identificada como riesgo “alto”.