Los proveedores del Estado deberán emitir facturas electrónicas por los contratos que se suscriban con organismos y entidades del Estado, a partir del 2 de enero de 2026, informó la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT).
Esta obligación fue dispuesta a través de la Resolución General N.° 41/2025, y alcanzará a todos los contribuyentes que tengan la condición de consultores, contratistas o proveedores del Estado, conforme al artículo 2° de la ley N° 7021/2022.
“La disposición se enmarca en el proceso de incorporación obligatoria de contribuyentes al Sistema Integrado de Facturación Electrónica (Sifen)”, mencionó la institución. Agregaron que la implementación de la facturación electrónica en el ámbito de las contrataciones públicas permitirá fortalecer la transparencia, mejorar la trazabilidad de las operaciones y optimizar la gestión de los recursos públicos.
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Indicaron que la medida no será aplicable a los contratos de prestación de servicios personales regulados por las leyes que rigen la función pública, los cuales no generarán la obligación de adhesión al Sifen.
En tanto, los contribuyentes comprendidos en la resolución deberán completar el proceso de habilitación como facturadores electrónicos y emitir los documentos tributarios de conformidad con lo establecido en el Decreto N.º 872/2023, sus normas reglamentarias y la documentación técnica del Sifen, indicaron.
El contribuyente alcanzado por esta resolución mantendrá la obligación de operar en el Sifen aún cuando deje de operar con la condición de consultor, contratista o proveedor del Estado, quedando sujeto al cumplimiento permanente de las disposiciones legales y reglamentarias aplicables al Sifen.
Los canales de atención para consultas a la DNIT son: atención presencial de lunes a viernes en el horario de 07:30 a 13:00, a través de la vía telefónica (021) 729 7000 de lunes a viernes de 07:30 a 12:00 y de 13:00 a 16:00 y el sitio web: www.dnit.gov.py.
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