La Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT) recordó que durante el mes de febrero vence el plazo para la presentación del Registro Anual de Comprobantes correspondiente al ejercicio fiscal 2025, una obligación formal que debe cumplirse a través del Sistema Marangatu.
Desde la DNIT explicaron que el Registro Anual de Comprobantes está vinculado exclusivamente a la obligación 715 del Impuesto a la Renta Personal – Rentas derivadas de la Prestación de Servicios Personales (IRP-RSP). El trámite consiste en la carga y validación de los comprobantes de compras, ventas, ingresos y egresos realizados durante todo el ejercicio fiscal.
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Una vez finalizada la carga, el contribuyente debe confirmar la presentación del registro. Con esta acción, el sistema genera automáticamente el Formulario 241 – Talón de Presentación, que respalda el cumplimiento de esta obligación formal ante la administración tributaria. La DNIT aclaró que este formulario no se presenta en formato físico, ya que todo el proceso se realiza de manera electrónica dentro del sistema Marangatu.
Asimismo, la institución recordó que la confirmación del registro es obligatoria incluso cuando el contribuyente no haya tenido movimiento durante el ejercicio fiscal, debiendo en ese caso realizar la presentación correspondiente como “sin movimiento”.
El vencimiento opera en febrero de 2026, conforme al calendario de vencimientos de las declaraciones juradas informativas, considerando el cierre del ejercicio fiscal al 31 de diciembre de 2025. El incumplimiento de esta obligación puede derivar en sanciones por contravención, de acuerdo con la normativa tributaria vigente.
Finalmente, la DNIT exhortó a los contribuyentes a verificar con antelación la correcta carga de los comprobantes y a realizar la confirmación dentro del plazo establecido, a fin de evitar inconvenientes o multas posteriores. Para más información, los interesados pueden consultar el sitio web institucional de la DNIT.