Días atrás, el Banco Central del Paraguay (BCP) dio a conocer una serie de nuevos topes para operaciones a través del Sistema de Pagos del Paraguay (Sipap), lo que despertó ciertas incógnitas, sobre todo por los alcances de la determinación. Uno de ellos relacionado a si las transferencias de dinero seguirán siendo gratuitas.
El regulador respondió a las consultas de La Nación/Nación Media sobre la cuestión y dejó en claro de que los intercambios de dinero entre cuentas seguirán siendo gratuitos. “En concordancia con la Ley n.° 7503, la gratuidad alcanza a las transferencias simples entre cuentas, incluyendo las operaciones persona a persona. Los topes introducidos por la regulación aplican a determinados servicios de pago prestados a comercios”, indicaron.
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En términos prácticos, el reglamento incide principalmente en los servicios de pago ofrecidos a comercios. El nuevo marco regulatorio incumbe a los participantes y proveedores que prestan servicios de aceptación y procesamiento de pagos para comercios, incluyendo aquellos cursados a través del Sistema de Pagos del Paraguay (Sipap), los esquemas de tarjetas y los sistemas propietarios.
En lo que respecta a los servicios asociados al Sipap, podrán aplicarse tarifas, conforme a los límites y condiciones establecidos en el reglamento, únicamente a los siguientes servicios:
-Servicios de débitos directos (Domiciliación): consistente en débitos automáticos autorizados previamente por el cliente para el pago de determinadas obligaciones desde su cuenta.
-Servicios de iniciación de pagos: permiten que un proveedor de inicio de pago habilitado (por ejemplo, una Fintech) inicie una orden de pago a solicitud del cliente. Este servicio incluye el pago en comercios mediante el QR SIP del BCP.
-Servicios de solicitud de pago: permite a los bancos ofrecer a sus clientes comerciales la opción de cobrar por sus ventas solicitando el pago a través del Sipap. Este servicio incluye el pago en comercios mediante el QR SIP del BCP.
-Servicios de participante patrocinador: permiten que determinadas entidades, como las cooperativas, accedan a los servicios del Sipap a través de una entidad bancaria.
-El cobro de comisiones por estos servicios está sujeto a topes máximos. Los servicios de débitos directos, iniciación y solicitud de pagos tiene un tope de 1,5 % del monto de la operación (IVA incluido), mientras que el servicio de patrocinador tiene un tope del 1 % con un máximo de G. 5.500. Los proveedores pueden cobrar menos que los topes establecidos o incluso no cobrar comisión.
La regulación también dispone que los pagos iniciados mediante QR, NFC u otro y que utilicen como mecanismo subyacente transferencias sobre infraestructuras privadas, estarán sujetos a una comisión máxima del 1,5 % del monto de la operación, IVA incluido. Esto garantiza condiciones igualitarias para servicios comparables y favorece un entorno competitivo en beneficio de comercios y usuarios finales.
Estos topes afectan a todos los participantes del Sistema Nacional de Pagos regulados por la banca matriz para el cobro de comisiones, gastos y penalidades asociadas a los servicios que prestan. Esto incluye a las 6 Operadoras de Medios de Pagos (OMP) y a las aproximadamente 12 empresas subadquirentes con las que operan.
El regulador aclaró que con la disposición no se busca establecer precios de servicios. “Su finalidad es ordenar y estandarizar los conceptos tarifarios, establecer límites máximos cuando corresponda y garantizar que los cargos aplicados sean transparentes, comparables y estén vinculados a servicios claramente identificables y efectivamente prestados”, precisaron.
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