Lo que el artículo 132 busca castigar es cuando se le somete a un tercero sin su consentimiento a presenciar actos sexuales o que se exhiban partes íntimas de las personas. Foto: Gentileza
Luego de que una pareja fuera detenida en la ciudad de Fernando de la Mora, acusada por realizar actos de exhibicionismo, surgió el debate sobre qué se considera exhibicionismo y cuál sería la tipificación de ello dentro de la ley.
En este sentido, el abogado Ricardo Preda, en conversación con la 650 AM, destacó que la figura del exhibicionismo se encuentra contemplada dentro del código penal en el artículo 132 y lo que pretende castigar es cuando se le somete a un tercero sin su consentimiento a presenciar actos sexuales o que se exhiban partes íntimas de las personas.
Respecto al caso de la pareja, que aparentemente estaría manteniendo relaciones sexuales dentro de un vehículo en la vía pública, y si esto se considera exhibicionismo, el abogado fue tajante: “si yo veo un vehículo estacionado que se está moviendo y sospecho que alguien adentro está teniendo sexo, y me acerco y miro, entonces soy yo quien voluntariamente me pongo en esa situación y no me puedo considerar una víctima”.
Preda explicó que, si bien la Policía Nacional puede ser notificada, e inclusive puede llegar al lugar a intervenir, esto no tiene relevancia penal, por lo que no se puede sancionar; salvo que una de las personas involucradas en el acto sea menor de edad.
Precisó que el escenario es distinto si el acto sexual en sí era realizado en un lugar público, como una plaza, donde exponen a otras personas a presenciar ese momento. A su vez, el abogado subrayó que en el caso, por ejemplo, de que una persona se esté masturbando en un espacio público, y aunque no estén expuestas sus partes íntimas, ya es considerado como un acto de exhibicionismo y puede ser denunciado.
Tras un forcejeo, un intento de asalto a un conductor de plataforma terminó en choque
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En la madrugada de este jueves, lo que en principio fue un intento de asalto, terminó en un choque cuando un conductor de plataforma de transporte se resistió a ser asaltado por un adolescente que se hizo pasar por cliente.
El hecho se registró sobre las calles José Berges y Emiliano R. Fernández, zona Sur de la ciudad de Fernando de la Mora. El vehículo conducido por Cesar Osmar Gómez, de 32 años, habría impactado de manera frontal contra una columna de la Administración Nacional de Electricidad (Ande).
Según el reporte de los intervinientes, el conductor del automóvil habría aceptado un viaje solicitado por un adolescente en la ciudad de Villa Elisa con destino a Fernando de la Mora. Ya en inmediaciones donde se dio el choque, el menor habría desenfundado un arma blanca y atacó al conductor.
Este último se habría resistido a parar la marcha y entregarle sus pertenencias y empezó a pelear con el menor, quien le propinó varias estocadas en el brazo derecho. En cuanto al menor, también resultó herido, ya que, en un punto de la pelea, su víctima logró desarmarlo y apuñalarlo en el muslo derecho, la rodilla izquierda y la cintura.
Tanto la víctima como el menor fueron derivados hasta emergencias médicas para ser asistidos. Afortunadamente, sus heridas no revisten gravedad, por lo que tras ser dados de alta se continuará con el proceso judicial establecido.
El ministro Eugenio Jiménez supervisó la obra del nuevo juzgado en Fernando de la Mora
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El ministro de la Corte Suprema de Justicia y superintendente de la Circunscripción Judicial de Central, Eugenio Jiménez Rolón, visitó este martes la ciudad de Fernando de la Mora para constatar los avances de la construcción del nuevo edificio que albergará los Juzgados de Primera Instancia en los fueros Penal, Civil y Comercial, Laboral, y de la Niñez y Adolescencia.
Durante la inspección se informó que la obra registra actualmente un avance del 60 % en su estructura general. También participaron de la visita las senadoras nacionales Hermelinda Alvarenga y Noelia Cabrera; los miembros titulares del Consejo de Administración de Central: la presidenta, la camarista María Teresa Gonzálezde Daniel y otras autoridades jurisdiccionales.
También acompañaron al ministro Jiménez la directora de la Dirección de Infraestructura Física, Carolina Ruffinelli, y el arquitecto Juan Pablo Chamorro, responsable del proyecto, quien ofreció detalles técnicos y estructurales sobre la ejecución de la obra.
El recorrido inició en el área destinada al estacionamiento para funcionarios y se extendió hasta el sexto nivel del edificio en construcción. La edificación principal está dividida en dos bloques: el primero, en forma de “L”, destinado a las actividades jurisdiccionales y de atención al público, contempla diez niveles que abarcan desde dos subsuelos hasta la azotea en el séptimo piso.
El segundo bloque, con acceso independiente, albergará el Juzgado de Paz, una cafetería y un salón de usos múltiples, ambos conectados por la explanada principal. El edificio contará con una guardería infantil para hijos de funcionarios, en consonancia con las políticas institucionales orientadas al bienestar del personal.
Con esta obra, la Corte Suprema de Justicia reafirma su compromiso con el fortalecimiento del sistema judicial y la descentralización de los servicios, con el objetivo de facilitar el acceso a la Justicia para toda la ciudadanía.
El pedido del Poder Ejecutivo para intervenir las municipalidades de Asunción y Ciudad del Este, en proceso en la Cámara de Diputados, generó gran revuelo político y ambos intendentes, y sus respectivos aliados, han salido a defender su gestión, pero, cuáles son los motivos por los cuales se puede solicitar la intervención.
En conversación entre La Nación/Nación Media y el abogado Ricardo Preda, explicó que la existencia de un hecho punible o un indicio del mismo no es el único causal para una intervención; la sospecha de malos manejos administrativos, que no constituyan un delito, también pueden requerir la medida constitucional de la intervención.
“Por ejemplo, si yo utilizo un rubro en otro, es decir, dinero que está para construcciones para pagar salarios de los funcionarios, eso propiamente no es un delito porque no hay un perjuicio patrimonial, pero es una mala administración porque estoy usando incorrectamente los rubros”, detalló.
Hay un extenso listado de cuestiones que no corresponden a un delito como tal, pero sí habla de una mala gestión del administrador de gastos. Por citar algunos: falta de rendición de cuentas, desorganización en los registros contables y administrativos, inadecuado manejo de bienes patrimoniales, falta de respuesta a requerimientos de órganos de control, entre otros.
“Los defensores de uno de los intendentes, decía que ‘acá no hay perjuicio patrimonial’, yo desconozco porque no profundicé ninguno de los dos casos y no sé si es el caso, pero si una municipalidad paga todo con cheques al portador, eso es una mala administración, no necesariamente es un perjuicio patrimonial porque de por ahí se pagaron deudas que eran reales, pero no está bien que se pague de esa manera porque eso es poco transparente”, sostuvo.
El abogado Ricardo Preda explicó sobre el proceso de las intervenciones municipales. Foto: Archivo
La intervención
La intervención es una herramienta que está presente en el artículo n.° 165 de la Constitución y que está regulada por la ley n.° 317/1994. En estas normativas, se menciona la atribución de la Contraloría para cursar la solicitud de las intervenciones, mediante el Ministerio del Interior (Poder Ejecutivo), así como de las Juntas Municipales.
La Cámara de Diputados conformó dos comisiones especiales para investigar los motivos del pedido de intervención y que deberán emitir un dictamen en un plazo no mayor a 15 días hábiles a partir de su instalación. Posteriormente, el pleno deberá tratar este punto y definir si presta el acuerdo al Poder Ejecutivo para intervenir la municipalidad.
En caso de aprobarse la intervención, el Ejecutivo deberá designar a un interventor que tiene un plazo de 90 días, con posibilidad de prórroga, y deberá realizar una auditoría administrativa, financiera y legal de la gestión del intendente suspendido. Finalizado este trabajo, deberá remitir un informe recomendando la restitución o destitución del intendente
¿Pero, si el intendente renuncia, sigue en pie la intervención? No, si la renuncia presentada por el jefe comunal es aceptada por la Junta Municipal, la intervención queda sin efecto, no obstante, si existen presunciones de hechos punibles, el Ministerio Público tiene atribuciones para investigar.
“El hecho de que se le destituya o renuncie no cambia en absoluto de que el Ministerio Público va a estar obligado a perseguir esos delitos. Desde el punto de vista de los malos manejos que no constituyan hechos punibles que generan algún tipo de responsabilidad, igual la Municipalidad va a poder reclamar a esa autoridad que hizo incorrectamente, hay acciones civiles establecidas si hay algún perjuicio causado por el administrador, pero que no constituya hechos punibles”, puntualizó Preda a LN.
Fernando de la Mora: controlan incendio de grandes proporciones y salvaron a dos loros
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Este miércoles, un incendio de grandes proporciones se registró en un local de venta de aceites para vehículos en la ciudad de Fernando de la Mora y ya fue controlado por el Cuerpo de Bomberos Voluntarios del Paraguay (CBVPY). Durante el siniestro lograron salvar a dos loros, que fueron entregados a sus dueños.
El incendio inició en horas de la tarde de hoy, en un local ubicado en la zona Sur de Fernando de la Mora específicamente sobre la calle Moros, casi Independencia Nacional. En el sitio se dedicaban a la venta de aceites y en otro piso tenían un depósito, donde se habría originado las llamas.
A estas horas, los bomberos siguen trabajando para enfriar la zona. No se reportaron personas heridas y los voluntarios lograron rescatar a dos loros que estaban dentro del local, estos fueron entregados a sus dueños, quienes solo querían que rescaten a sus mascotas.
“Estamos haciendo el enfriamiento de un salón comercial que se tenía en el lugar y el tercer nivel que funcionaba como depósito del lugar. No se tuvo ningún tipo de incidente tanto de civiles como al personal de los bomberos y logramos rescatar dos loros que serían de los propietarios del local”, detalló en capitán Ray Mendoza, en entrevista con C9N.
Afirmó que hasta el momento es difícil presumir cómo se habrían originado las llamas. “Hay mucho aceite derramado en la zona, por lo menos hasta unos 200 metros y que representa un peligro para los transeúntes así como también para los automóviles que circulan a la zona”, puntualizó.