Tras la presentación por escrito de las tachas y reclamos a las inscripciones en el Registro Cívico Permanente (RCP) correspondientes a la Campaña Nacional 2018, se da paso al estudio y verificación por parte de los Juzgados Electorales de las deducciones que se hayan presentado.
El plazo se extiende hasta el 20 de febrero para su resolución conforme lo establece el artículo 147 de la Ley 834/96 Código Electoral.
Las Oficinas Distritales del Registro Electoral corren traslado al Juzgado Electoral de la jurisdicción correspondiente para el estudio y resolución si hubiere presentación alguna. Existen 17 Juzgados Electorales en toda la República, manifestó la directora de Actualización y Depuración del RCP, Marizol González.
Explicó que este procedimiento se realiza todos los años al culminar el proceso de inscripción que inicia el 1 de marzo y culmina el 30 de diciembre. Los ciudadanos pueden verificar sus datos de inscripción durante todo el año ingresando a rcp.tsje.gov.py
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TSJE lanza calendario electoral para las Municipales 2026
El Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) confirmó oficialmente el calendario electoral rumbo a las elecciones municipales de 2026. Según lo resuelto, las elecciones internas simultáneas de las organizaciones políticas se llevarán a cabo el domingo 7 de junio de 2026, mientras que las elecciones municipales se realizarán el domingo 4 de octubre del mismo año.
Las fechas fueron confirmadas este martes 15 de julio por la Justicia Electoral a través de la resolución n.º 78. En la misma también están establecidas los plazos y fechas relevantes que hacen a una elección, como el corte técnico administrativo que se hará al Registro Cívico Permanente, el cual se realizará el próximo 31 de julio del 2025.
En tanto, el cierre del periodo para la presentación de solicitudes de reconocimiento de partidos y movimientos políticos será hasta el 17 de septiembre y la fecha límite para reconocimiento de estos es el 2 de diciembre del 2025. En cuanto a las alianzas y concertaciones, estas podrán solicitar su reconocimiento hasta el 15 diciembre.
El cronograma también contempla las fechas en que las organizaciones políticas deberán representar a los representantes técnicos para participar de las auditorías de las máquinas de votación, lo cual será posible hasta el 30 de enero del 2026. La auditoría del software y hardware de las máquinas se realizará desde el 2 de febrero al 27 del mismo mes.
La oficialización de las precandidaturas se podrá realizar hasta el 2 de marzo y el periodo de propaganda electoral quedará oficialmente habilitado desde el 3 de marzo hasta el 4 de junio.
El TSJE también dispuso las fechas de presentación de documentación relacionada al financiamiento político, y en esta línea, cada precandidato deberá presentar su declaración de ingresos y gasto hasta el 7 de marzo, todo esto en cuanto a las internas.
A partir del 8 de junio, ya luego de las internas simultáneas, comienzan a correr los diferentes plazos para las municipales. Los nuevos intendentes y concejales deberán tomar posesión del cargo el 3 de noviembre del 2026.
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Proceso licitatorio de máquinas de votación se reanuda la próxima semana
El director de Financiamiento Político del Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE), Christian Ruiz Díaz, informó que la próxima semana se iniciará la verificación de las máquinas de votación de las tres empresas que se presentaron en la licitación pública para la adquisición de las 28.000 máquinas. Este proceso se reanuda con el levantamiento de una medida cautelar, por parte de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), de una firma que no cumplía con los requisitos.
“A partir de ahora tenemos en frente el proceso de verificación técnica de las máquinas de votación. Hay que recordar que cada una de las tres empresas que están en carrera hoy día presentaron cinco muestras de las máquinas que están ofreciendo. Entonces, el equipo técnico de la Justicia Electoral, a pedido del Comité de Evaluación, va a proceder a partir de la próxima semana a la verificación técnica de cada una de estas máquinas”, refirió Ruiz Díaz en conversación con la 1020 AM.
El proceso de verificación consiste en las pruebas de votación, de resistencia de batería, pruebas de calor, prueba del lector, de impresora, las máquinas serán desarmadas para revisión, un trabajo intenso que dura alrededor de 12 horas para cada máquina, por lo que se estima que esta etapa tendrá una duración de tres semanas, aproximadamente.
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Posterior a la verificación técnica se debe realizar la apertura de los sobres económicos entregados por las empresas. Luego, el grupo evaluador emite un informe al Comité de Evaluación, que realiza el análisis en conjunto de la parte documental con el resultado de las pruebas técnicas, y emite una recomendación al Tribunal Superior de Justicia Electoral, de la cual ”puede resultar que pasen las tres empresas o que alguna de ellas quede por el camino”, de acuerdo a las explicaciones del alto funcionario electoral.
A partir de ahí, el Tribunal Superior emite su resolución para adjudicar a una de las empresas, lo que se estima ya se estaría cerrando el proceso de licitación para finales de este año. Estas máquinas ya serán utilizadas en las elecciones internas partidarias, previo a las elecciones municipales del 2026.
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TSJE deberá resolver si el intendente destituido puede reiterar candidatura
El director de Procesos Electorales del Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE), Carlos María Ljubetic, explicó que en el caso de destitución de un intendente por la Cámara de Diputados en el marco de un proceso de intervención, la institución electoral debe emitir una resolución para determinar si el gobernante destituido puede volver a presentar una candidatura para el cargo.
Con la destitución, la Justicia Electoral debe convocar a elecciones para completar el periodo hasta el 2026, mientras que en el caso de renuncia, la Junta Municipal deberá elegir al nuevo administrador municipal. Actualmente, las gestiones de los intendentes de Asunción, Óscar Rodríguez, y de Ciudad del Este, Miguel Prieto, se encuentran intervenidos desde junio pasado.
“Eso está supeditado a decisiones que tienen que tomar la parte jurisdiccional de la Justicia Electoral. Son los jueces que van a determinar porque la Constitución Nacional dice que, en caso de destitución, la Justicia Electoral organizará la elección para reemplazar al que fuera destituido. Yo no sé si se puede reemplazar a uno mismo, eso van a tener que resolver los jueces”, explicó Ljubetic, en entrevista para el programa “Tarde de perros” de Universo 970 AM/Nación Media.
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El alto funcionario indicó que la interpretación está a cargo del juez electoral y del Tribunal Electoral de la Capital, que deberán emitir una resolución sobre la situación y, además, incluso podría llegar a la Corte Suprema de Justicia (CSJ) para resolver el caso.
“La Constitución dice claramente ‘para reemplazar al que fuera destituido’. Por eso, tendríamos que analizar, yo no quiero emitir opinión, no está bueno que yo opine sobre algo que definitivamente tienen que resolver los jueces. El juez electoral de la Capital y luego el Tribunal Electoral de la Capital, y finalmente podría ir hasta la Corte eso, en inconstitucionalidad”, apuntó Ljubetic a Nación Media.
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Corte dio lugar a apelación de DNCP por licitación
La Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP) informó que ayer la Corte Suprema de Justicia hizo lugar al recurso de apelación presentado por la DNCP en el caso de “Urnas electrónicas” del Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE).
De acuerdo al informe de Contrataciones Públicas, esta decisión de la máxima autoridad judicial permite el levantamiento de la medida cautelar dispuesta por el Tribunal de Cuentas-Tercera Sala a favor de la firma Bypar SA, que había suspendido temporalmente el avance del proceso licitatorio.
“Esta resolución representa un paso relevante hacia la garantía de la legalidad y la transparencia en los procedimientos de contratación pública, reafirmando el compromiso de la DNCP con el respeto al debido proceso y a la correcta aplicación de la normativa vigente”, expresa el comunicado.
Cabe recordar que desde la Justicia Electoral aguardaban la resolución de esta objeción de parte de la firma, a fin de continuar con el proceso licitatorio para la adquisición de 28.000 máquinas de votación, que serán usadas en los comicios internos partidarios, en las elecciones generales municipales de 2026 y las presidenciales de 2028.
El motivo de la objeción planteada por la firma Bypar SA es que el TSJE pida 10 años de experiencia en la fabricación, utilización, alquiler y venta de las máquinas de votación.
Desde la Justicia Electoral señalaron que esta empresa tiene 5 años de trayectoria, por ello buscaban reducir el plazo de experiencia. Pero el problema de esta firma es que tampoco reunía ninguno de los demás requerimientos; por ello, no pudo participar en la licitación.