El presidente de la República, Mario Abdo Benítez, promulgará el día de hoy la ley que beneficia a jubilación de profesionales de la salud y entregará aportes para educación. El jefe de Estado desarrollará su actividad oficial de este lunes 13 de julio en Palacio de Gobierno.
Como parte de su agenda, a las 9:00, presidirá el acto de promulgación de la Ley N° 6577 “Que aclaran las disposiciones contempladas en las leyes N° 6302/2019, 6377/2019 y 6522, referente al régimen de jubilaciones para profesionales médicos de todos los organismos y entidades del Estado (OEE) y empresas públicas, odontólogos y bioquímicos, que aporten al régimen de jubilaciones y pensiones administrado por el Ministerio de Hacienda.
La proponente fue la senadora Esperanza Martínez, quien solicitó la aprobación del documento que consta de dos artículos. Explicó en su momento que es una necesidad para poder reglamentar las tres leyes que fueron promulgadas entre el 2019 y 2020, con relación a la jubilación de médicos, bioquímicos y odontólogos.
Martínez indicó que la Ley 6302 del 2019 después fue modificada para complementar los derechos que habían sido omitidos en la primera legislación para así beneficiar a otros profesionales de salud, como médicos forenses del Poder Judicial. Los proyectistas fueron los senadores Carlos Filizzola, Esperanza Martínez, Jorge Querey, Desirée Masi, Lilian Samaniego, Antonio Barrios y Zulma Gómez.
Aporte educativo
Por otra parte, a las 11:00, el presidente Abdo Benítez hará entrega de aportes en el marco del proyecto de Mejoramiento de Infraestructura de Instituciones Educativas con Fondos Emergenciales de la Comunidad Europea. La actividad se llevará a cabo también en Palacio de López.
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Desafío para la Aneaes: certificación internacional en Argentina expone retos en formación médica
El Gobierno de Argentina informó sobre la certificación otorgada a la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria (Coneau) por parte de la World Federation for Medical Education (WFME), lo cual indica el cumplimiento del vecino país sobre los altos estándares en cuanto a la formación médica. Este hecho representa un desafío a nivel para Paraguay en este mismo ítem.
Ante este escenario, la Agencia Nacional de Evaluación y Acreditación de la Educación Superior (Aneaes) tiene la oportunidad y también la responsabilidad de reafirmar su papel estratégico como garante de la calidad educativa de nuestro país, puesto que la certificación obtenida por Argentina, demuestra la importancia de obtener un reconocimiento global.
La institución reconoce que es indispensable apuntalar la calidad para mantener la competitividad regional y esto exige un trabajo conjunto entre las universidades nacionales y la agencia de acreditación, que permita asegurar la excelencia académica y el cumplimiento de estándares internacionales.
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¿Pero qué exactamente representa este reconocimiento para el vecino país? El reconocimiento de la WFME otorga prestigio y legitimidad a las carreras médicas acreditadas en Argentina, posicionándolas como opciones competitivas a nivel internacional. Si bien esta certificación no habilita automáticamente el ejercicio profesional en otros países, como Estados Unidos, sí abre las puertas para que los egresados argentinos puedan cumplir con los requisitos exigidos en dichos países, destacando el valor estratégico de contar con una formación acreditada bajo estándares internacionales.
El desafío es claro, no basta con aumentar la oferta de carreras médicas; es necesario que estas sean competitivas en calidad. Paraguay debe evitar caer en el riesgo de formar médicos con acreditaciones que no cumplan con los requisitos de movilidad y ejercicio profesional en el extranjero. La formación médica nacional, entonces, no solo debe apuntar a atender las necesidades locales, sino a posicionarse en un contexto global.
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Comisión de “control” ni olió maniobras en contrato para el concuñado de Abdo
La Comisión Especial de Supervisión y Control de Compras Covid-19 (CESC), encabezada por el exsuperministro abdista Arnaldo Giuzzio, nunca informó sobre las irregularidades cometidas por la estatal Copaco en la subcontratación de una empresa ligada al concuñado del expresidente de la República Mario Abdo. La telefónica decidió puentear la Ley de Contrataciones y entregar millones en plena pandemia.
- Por Juan Carlos Lezcano F
La Comisión Especial de Supervisión y Control de Compras Covid-19 (CESC), creada supuestamente para el seguimiento cercano de todas las adquisiciones realizadas por el Estado en respuesta a la crisis sanitaria generada por el coronavirus, nunca vio irregularidad alguna en el contrato entregado directamente y por fuera de la Ley de Contrataciones Públicas a la empresa del concuñado del expresidente Mario Abdo Benítez.
La CESC fue creada en mayo de 2020, con la promesa de supervisar de cerca todas las compras públicas realizadas en respuesta a la pandemia. Al frente de la comisión fue puesto el entonces ministro de la Secretaría Nacional Antidrogas (Senad), el acusado Arnaldo Giuzzio. Entre otros, también formaban parte de la CESC los hoy imputados Renée Fernández, entonces titular de la Secretaría Nacional Anticorrupción (Senac), y Carlos Arregui, extitular de la Seprelad.
AUDITORES QUE NO VIERON, ESCUCHARON NI OYERON
Para julio de 2020, la CESC afirmó haber controlado un total de 44 procesos de compras públicas, por un total de USD 500 millones. Curiosamente, entre sus primeras determinaciones afirmaron que no existió daño patrimonial en la compra de los “insumos chinos” del clan Ferreira, proceso que dejó a Paraguay sin insumos básicos para atender la crisis sanitaria.
Y otro proceso en el que la comisión encabezada por Giuzzio no detectó irregularidades fue en la entrega de un millonario contrato por parte de la telefónica estatal Copaco a Bizcom SA, firma ligada al músico Flavio Enrique “Kike” Santander, concuñado del expresidente Mario Abdo Benítez, jefe del titular de la CESC.
Durante la pandemia de covid-19, Copaco, a través de su filial Vox, implementó un esquema irregular para subcontratar servicios de call center destinados al Ministerio de Salud Pública. La empresa beneficiada, Bizcom SA, era representada por Flavio “Kike” Santander, concuñado del entonces presidente Mario Abdo Benítez. Este contrato, que eludió la Ley de Contrataciones Públicas, incluyó cláusulas de confidencialidad que generaron fuertes cuestionamientos sobre el uso de recursos públicos.
El 5 de febrero de 2020, Copaco firmó un convenio con Salud Pública, representado por Sante Vallese, presidente de Copaco, y Julio Mazzoleni, ministro de Salud. El acuerdo, destinado al rastreo de contactos relacionados con el covid-19, alcanzó un costo de G. 5.852.001.600, de los cuales G. 3.239.376.300 fueron adelantados por Salud Pública. El contrato contemplaba 100 posiciones de call center con un costo mensual por posición de G. 7.315.200, distribuidos en un plazo de ocho meses.
Sin embargo, Copaco subcontrató estos servicios mediante Vox, firmando un contrato directo en marzo de 2020 con Bizcom SA, representada por Santander. La adjudicación, sin proceso de licitación, contemplaba la provisión de servicios tecnológicos bajo la marca Simplifi. El contrato incluía una duración inicial de cinco años renovables y cláusulas de confidencialidad que impedían la divulgación de los términos, alimentando sospechas de favoritismo debido al vínculo familiar de Santander con la primera dama, Silvana López Moreira.
A pesar de su experiencia en la provisión de servicios de call center para instituciones como Hacienda, IPS y la Ande, Copaco optó por subcontratar a Bizcom SA. Esta decisión plantea dudas sobre la necesidad real de involucrar a una tercera empresa, sugiriendo que pudo estar motivada por intereses personales o políticos.
Copaco, regulada por la Ley n.° 2051, no puede realizar contratos directos sin licitación. Para evadir este control, utilizó a Vox como intermediaria, pero esta maniobra también violó las normativas vigentes. La Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP) había estipulado que cualquier contrato entre Copaco y Vox debía regirse por los lineamientos de la Ley de Contrataciones Públicas.
El uso de contratos directos, sin procesos licitatorios y con precios sujetos a variación, se justificó mediante cláusulas de confidencialidad, lo que obstaculizó la transparencia en el manejo del acuerdo. Esto dejó a la ciudadanía sin acceso a información crucial sobre la utilización de recursos públicos durante una crisis sanitaria sin precedentes.
Flavio Santander, además de este polémico contrato, tiene antecedentes de negociaciones con el Estado paraguayo. En 2019, lideró una delegación de empresarios interesados en invertir en minería en Paraguay y, más recientemente, participó en la presentación de soluciones tecnológicas de Copaco durante la Expo de Mariano Roque Alonso. Estos antecedentes refuerzan los cuestionamientos sobre posibles conflictos de interés en sus vínculos con instituciones públicas.
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Contrato de arriba para concuñado de Abdo, otro pendiente en la Justicia
La Justicia tiene pendiente avanzar en la investigación de la denuncia presentada sobre el millonario contrato entregado en plena pandemia por la estatal Copaco a una empresa ligada a Enrique “Kike” Santander, concuñado del expresidente Mario Abdo Benítez. La telefónica violó la Ley de Contrataciones Públicas para entregar unos G. 5.800 millones de forma directa a la firma.
- Por Juan Carlos Lezcano F.
A la ya larga lista de denuncias que pesan contra hombres cercanos del expresidente Mario Abdo Benítez, se le sumó hace un par de meses la presentada por el actual titular de Copaco, Óscar Stark, por la violación de la Ley de Contrataciones Públicas cometida durante la administración de Sante Vallese, al frente de la telefonía estatal.
En setiembre pasado, la Dirección de Comunicaciones de la Fiscalía publicó fotografías de una reunión en la que el fiscal general, Emiliano Rolón Fernández, recibió a Stark, quien junto con el representante legal de la compañía Rodrigo Lezcano amplió la denuncia presentada ante el Ministerio Público, en relación a presuntas irregularidades cometidas durante la administración anterior, involucrando a la firma Hola Paraguay SA (Vox) y supuestas violaciones a la Ley n.° 2051 de Contrataciones Públicas.
Esta es una más de la larga lista de denuncias presentadas por las incontables irregularidades cometidas durante el gobierno anterior.
EL GRAN CONCUÑADO
En el marco de la pandemia de covid-19, la telefónica estatal Copaco, a través de su filial Vox, ejecutó un esquema irregular para subcontratar servicios de call center destinados al Ministerio de Salud Pública. La empresa beneficiada fue Bizcom SA, representada por Flavio “Kike” Santander, concuñado del entonces presidente Mario Abdo Benítez. Este contrato, que burló la Ley de Contrataciones Públicas, incluyó cláusulas de confidencialidad y generó serios cuestionamientos sobre el uso de recursos públicos.
El 5 de febrero de 2020, Copaco firmó un convenio con el Ministerio de Salud para implementar un sistema de contact center enfocado en el rastreo de contactos relacionados con el covid-19. Este acuerdo, firmado por Sante Vallese, presidente de Copaco, y Julio Mazzoleni, entonces ministro de Salud, contemplaba un costo total de G. 5.852.001.600, de los cuales Salud Pública adelantó G. 3.239.376.300. El contrato incluía 100 posiciones de call center, con un costo unitario de G. 7.315.200, distribuidos en un plazo de ocho meses.
Sin embargo, Copaco subcontrató estos servicios a través de Vox, violando la Ley n.° 2051 de Contrataciones Públicas, al firmar un contrato directo con Bizcom SA, empresa representada por Flavio “Kike” Santander, en marzo de 2020. El contrato, que no fue sometido a licitación, establecía el suministro de servicios tecnológicos, plataformas de call center y soluciones en la nube bajo la marca Simplifi.
IRREGULARIDADES Y CONFLICTOS DE INTERÉS
El contrato entre Vox y Bizcom SA incluía una duración inicial de cinco años renovables y cláusulas de confidencialidad que impedían la divulgación de los términos. Flavio Santander, representante de la empresa beneficiada, está casado con Adriana López Moreira, hermana de la primera dama Silvana López Moreira. Este vínculo familiar con el entonces presidente Mario Abdo Benítez levantó sospechas sobre posibles favoritismos en la adjudicación del contrato.
Lo que agrava el caso es que Copaco tiene experiencia en la provisión de servicios de call center a otras instituciones públicas, como Hacienda, la UNA, IPS y la Ande, sin necesidad de subcontratar a terceros. Esto plantea dudas sobre la real necesidad de incluir a Bizcom SA en este contrato y sugiere que la subcontratación pudo estar motivada por intereses personales o ajenos al bienestar público.
Copaco, al estar regulada por la Ley n.° 2051, no puede contratar directamente con empresas sin licitación. Para evadir los controles, utilizó a Vox como intermediaria. Sin embargo, esta acción también violó la normativa vigente, ya que la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP) había establecido que los contratos entre Copaco y Vox debían realizarse siguiendo los lineamientos de la Ley de Contrataciones Públicas.
El uso de un contrato directo, sin llamado a licitación, y con precios sujetos a variación, fue justificado mediante cláusulas de confidencialidad. Esto obstaculizó la transparencia en la gestión del acuerdo, dejando a la ciudadanía sin acceso a información fundamental sobre el uso de los recursos públicos.
Flavio Santander, además de este contrato, tiene antecedentes de negociaciones con el Estado paraguayo. En 2019, lideró una delegación interesada en invertir en minería en Paraguay y, más recientemente, participó en la presentación de soluciones tecnológicas de Copaco en la Expo de Mariano Roque Alonso. Estos vínculos empresariales con instituciones públicas han reforzado los cuestionamientos sobre posibles conflictos de interés.
MÁS DENUNCIAS
El expresidente Mario Abdo Benítez y su entorno cierran el 2024 eludiendo a la Justicia por múltiples irregularidades. Su gestión estuvo marcada por vínculos con narcotráfico, malversación de fondos y enriquecimiento ilícito. Casos como el de Arnaldo Giuzzio, acusado por nexos con un narco, o Patricia Samudio, condenada por corrupción en Petropar, evidencian un patrón de impunidad. Mientras, las empresas de Abdo crecieron 6.109 % durante su mandato, coincidiendo con la pandemia.
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Filtración Seprelad: Corte rechazó otra chicana de exministros de Abdo
La sala penal de la Corte Suprema de Justicia, integrada por Manuel Ramírez Candia, César Diesel y Gustavo Santander, rechazó una vez más una nueva chicana que presentaron los abogados de los imputados por filtrar y producir información falsa en la Seprelad. Esta vez la máxima instancia judicial rechazó una nueva recusación contra los camaristas María Belén Agüero, Arnaldo Fleitas y Bibiana Benítez.
Los abogados Osvaldo Granada quien ejerce la defensa de René Fernández; Emilio Fuster defensor de Arnaldo Giuzzio; Enrique Kronawetter representante legal de Daniel Farías, y Jorge Rolón Luna defensor de los imputados Guillermo Preda, Carmen Pereira, y Francisco Pereira Cohene fueron quienes recusaron a los tres camaristas.
Los ministros de la corte sostienen que los argumentos presentados por los defensores de los imputados en la recusación contra los camaristas no tienen sustento jurídico y tampoco son motivos para poder separar a los magistrados del presente proceso penal por lo que corresponde rechazar la recusación y confirmar la competencia de los camaristas.
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En caso de que los mismos profesionales del derecho vuelvan a presentar alguna recusación contra los jueces ya se podrían exponer a una sanción disciplinaria atendiendo a la actitud dilatoria en el presente caso.
El Ministerio Público imputó al expresidente Mario Abdo Benítez, y a su ex ministro a raíz de la elaboración de informes de inteligencia que luego fueron divulgados a la prensa con el fin de atacar políticamente al exmandatario Horacio Cartes y el entonces candidato presidencial Santiago Peña.
Según el acta de imputación, existen suficientes elementos de convicción que hacen sospechar la existencia de los siguientes delitos: revelación de secretos de servicio, revelación de secretos privados por funcionarios o personas con obligación especial, inducción a un subordinado a un hecho punible, denuncia falsa, simulación de un hecho punible, usurpación de funciones públicas y asociación criminal.
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