El Poder Ejecutivo emitió el decreto N° 8759/2023 que reglamenta la Ley de Presupuesto General de la Nación (PGN) para este año. Al respecto, señalan que la normativa establece los procedimientos para la ejecución de los gastos aprobados, promoviendo la racionalidad, la eficiencia del gasto público y la rendición de cuentas.
El presente decreto establece algunas medidas como las restricciones de nombramientos y aumentos salariales, tanto para el personal permanente como para el contratado, salvo los que resulten de la aplicación de los concursos públicos respectivos, conforme a lo establecido en las disposiciones legales vigentes. Es importante señalar que estas restricciones, por iniciativa parlamentaria, exceptúa a los poderes Ejecutivo y Judicial.
Respecto a las modificaciones en el anexo del personal, realizadas a instancias del Congreso Nacional, el Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Hacienda, establecerá la aplicación gradual de las mismas una vez concluidos los procesos de selección para el ingreso y promoción de los funcionarios en las entidades afectadas, conforme disponibilidad financiera y presupuestaria, que en ningún caso tendrán efecto retroactivo, según la agencia IP.
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Mayor control
Cabe mencionar con esta reglamentación se mantiene la prohibición de entrega de combustible o de cupos de combustibles a autoridades de los organismos y entidades del Estado en todas sus modalidades, salvo el utilizado para desplazamientos derivados de sus funciones o cargo, además de la prohibición de compra de alimentos, con excepción de aquellos destinados a servicios de salud, obreros de las empresas públicas, beneficiarios de programas sociales, entre otros, señalan desde el Ejecutivo.
Asimismo, se incorporan mayores controles para las creaciones de estructuras orgánicas estatales, como también se pone en marcha la implementación de programas pilotos del Sistema de Directivos Públicos y de clasificación y valoración de puestos.
Ley de Responsabilidad Fiscal
Respecto al plan financiero en años electorales, establece que las entidades y organismos del Estado deberán tener en cuenta lo establecido en la Ley de Responsabilidad Fiscal, en la que se establece que “el gasto corriente primario de la Administración Central, entre los meses de enero y julio, no será mayor al sesenta por ciento (60%) del Presupuesto aprobado para ese año, excluyendo al Poder Judicial”.
Finalmente, desde Ejecutivo señalan que con estas medidas el Ministerio de Hacienda establece los lineamientos para un manejo prudente y racional de los recursos públicos, en la etapa de ejecución del presupuesto para el presente ejercicio fiscal.