A través del decreto N° 9274, el presidente de la República Mario Abdo Benítez, promulgó finalmente la ley que reglamenta el uso y la difusión de lengua de señas paraguaya en todo el territorio nacional, la misma cuenta con 46 artículos.
En la normativa se establecen parámetros para el reconocimiento de intérpretes, así como también de las obligaciones de entidades e instituciones públicas y privadas que brinden servicios públicos o de atención al público así como los actos oficiales dirigidos al público deberán contar con intérpretes de lengua de señas a fin de garantizar el derecho de acceso a la información de las personas con discapacidad auditiva.
Desde la Secretaría de Políticas Lingüística destacaron la importancia de esta promulgación, ya que con esta medida se busca garantizar el acceso a los servicios educativos, sanitarios, judiciales y de comunicación en general para las personas con discapacidad auditiva que según datos del último censo ascenderían a un 8,9% de la población.
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El mencionado reglamento fue confeccionado tras varias reuniones entre organizaciones sociales e instituciones nacionales buscando que la misma sea la más abarcativa posible en cuanto a situaciones de uso y necesidades de la ley, teniendo en cuenta también que su utilización será cada vez mayor.
Por otro lado, desde la comunidad de sordos del Paraguay remarcaron que este paso legislativo es uno muy importante para este sector de la sociedad que ha visto sus necesidades siendo postergadas por muchos años y ahora empiezan a contar con las herramientas adecuadas para su desenvolvimiento de manera integral dentro de la sociedad.
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Ley de la Función Pública elimina vacío legal y profesionaliza la carrera, afirma abogado
El abogado laboralista Jorge Rivas Careaga, destacó los principales avances de la ley 7445/2025 de la Función Pública y del Servicio Civil, que entró en vigencia este 16 de julio último y que tiene como objetivo promover una administración pública más eficiente, profesional y orientada al mérito. Con esta normativa se deroga la ley n.º 1626/2000, de la Función Pública.
“Siempre los cambios generan inquietudes y eso es absolutamente natural. Teníamos una ley que estuvo vigente 25 años, entonces, por supuesto, cualquier modificación genera temores, expectativas. Esta ley 7445, fundamentalmente lo que hace en conjunto es recoger todas las experiencias de la función pública durante los años de vigencia de la ley 1626, aprender de esas experiencias, corregir los errores y mejorar la anterior normativa”, indicó Rivas en una entrevista con el programa “Tarde de perros”, emitido por el canal GEN y Universo 970 AM/Nación Media.
“Esta es una norma reguladora que yo considero, no un paso, sino un salto para adelante, con garrocha, si se quiere, por la virtud de haber recogido todo lo que se tenía con la ley anterior. Muchas disposiciones, doctrinas de los tribunales que ya estaban vigente en materia administrativa también fueron recogidas”, acotó Rivas.
La 7445/2025 estipula reglas claras para la gestión del talento humano en el sector público, incorporando por primera vez una Carrera del Servicio Civil y un sistema para directivos públicos, con estándares más rigurosos y perfiles diferenciados para cargos técnicos y profesionales.
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Autonomía constitucional
Se aplica a todas las instituciones públicas, incluidas aquellas con autonomía constitucional, reconociéndoles la facultad de reglamentar internamente la aplicación de los principios generales establecidos por la ley. De esta manera, se supera el vacío legal dejado por la 1626/2000, que durante su vigencia fue objeto de varias acciones de inconstitucionalidad por pretender imponer una rectoría centralizada desde el Ejecutivo.
La norma también agrega un sistema para directivos públicos, eleva los estándares para asesores institucionales al exigir experiencia comprobada, y establece perfiles diferenciados para los cargos técnicos y profesionales.
“Yo soy un férreo defensor del derecho a peticionar a las autoridades, no podemos vivir en una República democrática si no podemos peticionar. Si la gente cree y entiende que hay derechos laborales en peligro de ser vulnerados tiene todo el derecho y la obligación de expresar sus disconformidades y salir en defensa de lo que cree que es justo. Yo, haciendo un análisis técnico, me parece que no hay de ninguna manera una vulneración de la autonomía constitucional”, dijo.
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Ley de la Función Pública y del Servicio Civil entrará en vigencia este miércoles
Desde el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) informaron que la Ley 7445/2025 de la Función Pública y del Servicio Civil entrará en vigencia desde este miércoles 16 de julio, según lo que establece su artículo 146. La institución está realizando unas cuantas consideraciones respecto a la autoridad de aplicación, carreras especiales y lineamientos de implementación.
Mediante un comunicado, emitido este lunes, se menciona que la cartera estatal será la autoridad de aplicación en materia de función pública y del servicio civil para el ámbito del Poder Ejecutivo, con el objetivo de garantizar claridad y seguridad jurídica en el proceso de implementación de la ley.
Se detalla que la normativa abarca a todas las instituciones públicas y establece como autoridad de aplicación a aquellas que poseen autonomía de conforme a la Constitución Nacional, como son el Poder Legislativo, el Poder Judicial, universidades nacionales y municipalidades, entre otras.
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Reglamentación
Señala que cada autoridad de aplicación deberá reglamentar la ley en su respectivo ámbito de competencia. Así también, reconoce la vigencia de las carreras especiales como ser la judicial, la diplomática y consular, la docencia en todos sus niveles, policías, militares, la carrera de blanco y otras, que se regirán por sus propias normas.
Añade que para las instituciones que integran el ámbito del Poder Ejecutivo, la reglamentación está siendo elaborada por el Ministerio de Economía y Finanzas a través del Viceministerio de Capital Humano y Gestión Organizacional.
La entrada de vigencia de esta ley no tiene efecto retroactivo sobre los procesos de ingresos a la función pública realizados bajo las normativas de la ley 200/1970 o la ley 1626/2000. Agrega que la reglamentación establecerá los lineamientos para procesos de concursos públicos, ingresos y promociones de funcionarios públicos, régimen del empleado público (contratos), traslados temporales (comisionamientos), y definitivos.
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Manifestación de funcionarios municipales
Tras tomar conocimiento sobre la próxima vigencia de la ley, una gran cantidad de funcionarios de la Municipalidad de Asunción se movilizaron este lunes frente a la sede del Poder Judicial como medida de rechazo. Los manifestantes reclaman que se declare inconstitucional esta legislación que modificará contratos colectivos de trabajo del personal municipal.
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BCP lanza consulta pública para nuevo marco de seguridad en el Sistema de Pagos
El Banco Central del Paraguay (BCP) anunció la apertura de un proceso de consulta pública para dos propuestas normativas clave: la Estrategia de Reducción de Fraudes para Puntos Finales del Sistema de Pagos del Paraguay (SIPAP) y su correspondiente Norma de Monitoreo.
Esta iniciativa, alineada con las mejores prácticas internacionales del Banco de Pagos Internacionales (BIS), busca fortalecer de manera proactiva la seguridad del ecosistema de pagos nacional frente a la creciente sofisticación de los fraudes financieros.
La estrategia propuesta establece un marco de cumplimiento obligatorio para todas las entidades participantes del SIPAP (bancos, financieras, cooperativas, etc.), con un foco específico en las operaciones del Sistema de Pagos Instantáneos (SPI) y el Sistema de Liquidación Bruta en Tiempo Real (LBTR). Su objetivo es minimizar la probabilidad de fraudes en las transferencias de fondos mediante la adopción de lineamientos estratégicos en prevención, detección y respuesta.
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Para asegurar su efectiva implementación, la Norma de Monitoreo define el marco operativo, estableciendo los roles, responsabilidades y la metodología de supervisión que el BCP aplicará. Este enfoque busca no solo mitigar los riesgos, sino también fomentar una cultura de seguridad, colaboración y mejora continua en todo el ecosistema.
El objetivo final es construir una defensa colectiva más robusta, reforzando así la confianza y la estabilidad del sistema financiero nacional.
Invitación a consulta pública
El BCP invita a todas las entidades participantes del SIPAP, asociaciones del sector y a la sociedad en general a revisar ambos proyectos normativos y a enviar sus comentarios, sugerencias y aportes. Los textos completos están disponibles para su descarga en: Estrategia de Reducción de Fraudes para Puntos Finales y Norma de Monitoreo.
Los comentarios lo pueden realizar en el siguiente formulario. El plazo para la recepción de comentarios finaliza el viernes 18 de julio de 2025.
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Hace 64 años, las mujeres paraguayas accedieron al derecho al voto y a ser electas
Una fecha como hoy, 5 de julio de 1961, Paraguay había dado un paso histórico hacia la equidad, al promulgar la Ley N.º 704/61, conocida como la Ley de Derechos Políticos de la Mujer, que otorgó a las paraguayas el derecho al voto y a ser electas.
Este acontecimiento marcó un antes y un después en la historia del país, aunque también reveló los rezagos en materia de igualdad: Paraguay fue el último país de Sudamérica en consagrar por ley el sufragio femenino.
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No obstante, este derecho no llegó como dádiva, sino como fruto de décadas de lucha incansable de mujeres que alzaron su voz en tiempos en que el silencio les era impuesto. Entre ellas, se destaca la persistencia clave de la Liga Paraguaya Pro-Derechos de la Mujer, fundada en 1951, que articuló esfuerzos locales e internacionales —en contacto con la Comisión Interamericana de Mujeres de la OEA— para impulsar la aprobación del voto femenino.
Las paraguayas ejercieron por primera vez el sufragio en elecciones municipales en 1963. Este hecho fue parte de un proceso regional más amplio: países como Ecuador (1929), Brasil (1932), Uruguay (1938) y Argentina (1947) habían avanzado antes en el reconocimiento de los derechos políticos de las mujeres. La conquista legal en Paraguay representó el cierre de una larga brecha en el continente.
Sin embargo, si bien la ley abrió la puerta, el camino hacia la participación política plena encontró nuevas barreras. La hegemonía masculina en los partidos políticos limitó el acceso real de las mujeres a cargos públicos. La representación femenina, durante décadas, fue marginal.
Hoy, a 64 años de aquella histórica ley, el derecho al voto femenino sigue siendo un símbolo de lucha, justicia e inclusión. Un sistema democrático auténtico solo es posible cuando todas las voces son escuchadas. Las mujeres, desde sus distintas realidades, aportan perspectivas valiosas que enriquecen la toma de decisiones, fomentan políticas más efectivas y promueven el desarrollo sostenible.