“Abdo ocultó millonarias ganancias como ‘reservas’ y evitó al fisco y Contraloría”, reza el titular de La Nación de este miércoles 30 de julio de 2024, que se basa en el informe de la Contraloría General de la República sobre millonarias irregularidades en los estados financieros de dos empresas del expresidente Mario Abdo Benítez.
Esta es la historia que La Nación/Nación Media contó mucho antes y que los demás medios, aliados al entonces presidente Mario Abdo Benítez, callaron.
Las denuncias se iniciaron en el 2022 y continuaron sin que la propia Contraloría se ocupara, y menos aún los medios de los grupos Zuccolillo y Vierci, para quienes hasta ayer Abdo Benítez era intocable.
El equipo de LN Investiga, liderado por la periodista de investigación Rossana Escobar, reveló que las utilidades de Aldia SA no superaban los G. 1492 millones en el 2014 y que durante el mandato de Abdo (2018-2023) tuvieron un sideral incremento.
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El informe actual de la Contraloría confirma 17.443 % de incremento y la no declaración de USD 44 millones por parte de Abdo Benítez.
Al dejar el cargo de presidente de la República, solo declaró el cobro mensual de G. 338 millones en concepto de dividendos, que en el año suman G. 4.067 millones. Esto generó dudas en su momento, debido a que las actas asamblearias de Aldia SA revelaban millonarias utilidades.
Sin embargo, al haber ubicado la mayor parte de esas utilidades como fondos de reserva, Abdo no se vio obligado a declarar ante Tributación ni ante la CGR, puesto que en teoría no recibió la mayor parte del dinero que le podría haber tocado si se hubiera realizado la distribución ganancial entre accionistas.
La Nación dedicó decenas de tapas a esta denuncia, que derivó en una investigación y posterior confirmación por parte del órgano contralor sobre el manejo irregular en las empresas del expresidente Abdo Benítez.
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Benítez defiende legitimidad de la CGR para pedir la intervención de Prieto
El contralor general de la República (CGR), Camilo Benítez, defendió la legitimidad constitucional de su entidad, ante el discurso esgrimido desde la oposición en auxilio del intendente Miguel Prieto que alega que supuestamente se extralimitó en sus funciones al requerir la intervención de la municipalidad de Ciudad del Este.
“Interpretar que la Contraloría no puede pedir la intervención es forzar una interpretación contraria a la Constitución Nacional“, sostuvo Benítez, este viernes, en una entrevista con la 1080 AM, reiterando la existencia de graves irregularidades en la ejecución del presupuesto y administración de los bienes comunales esteños.
Los parlamentarios opositores argumentan que el requerimiento realizado de auditar la gestión de Prieto obedece solo a una instrumentación política con el objetivo de sacar al dirigente opositor de la arena electoral. Ahora amenazan al controlar con un juicio político, alegando que la Carta Orgánica Municipal (Ley 3966/10) derogó la Ley 317/94 que sustenta la potestad de la Contraloría para su solicitud realizada al Ejecutivo, mediante el Ministerio del Interior.
“La Constitución Nacional regula las intervenciones de los municipios y faculta que se haga en tres ocasiones diferentes: la Junta, la desintegración de la Junta y por la Contraloría”, justificó Benítez, en base al artículo 165 de la Carta Magna.
“Está la regulación del artículo constitucional que dice expresamente que sí se puede hacer el pedido. Después de eso salió la Ley Orgánica Municipal, que transcribe el artículo constitucional, y eso ya le habilita a la Contraloría. La legitimación de la Contraloría para pedir la intervención ya no está en duda”, puntualizó.
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Los opositores también señalan que la Contraloría solo cuenta con la atribución de dictaminar si halla irregularidades en una administración municipal, pero que en el artículo 165 de la Carta Magna no se le habilita a solicitar la intervención de los municipios.
“Cuando hay graves irregularidades en la ejecución del presupuesto puede haber una suerte de colisión entre la Junta y el intendente para que, justamente, nunca se pida (la intervención). Y si es de público conocimiento, y el caso es grave y amerita, entonces, ¿cómo puede ser que la Contraloría no pueda hacer ese pedido?“, comentó.
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Principales hechos
De acuerdo a la Contraloría, en la administración del intendente de Ciudad del Este, Miguel Prieto, las irregularidades guardan relación con las transferencias de recursos financieros a la subcomisión distrital de Ciudad del Este en apoyo a la actividad llamada “Navidad sustentable” en el ejercicio del año 2023.
También hizo mención sobre el examen documental sobre la composición y aplicación de los gastos de capital de la Municipalidad de Ciudad del Este para los ejercicios del 2019 a 2022.
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Pedido de intervención de comuna de CDE se sustenta en un trabajo técnico, afirma auditor
El director de Auditoría Forense de la Contraloría General de la República, Leandro Villalba, salió en defensa del trabajo realizado por el órgano extrapoder para requerir la intervención de la Municipalidad de Ciudad del Este, liderada por Miguel Prieto. Aseguró que la solicitud de fiscalización se sustenta en el ámbito técnico y se fundamenta en los documentos que la administración del dirigente opositor proveyó a la institución.
“En defensa a mis compañeros, esto es un trabajo técnico que expone falencias y se fundamenta en los documentos, en las propias respuestas que la misma municipalidad proveyó a la Contraloría General de la República“, dijo en una entrevista con el programa “La caja negra”, emitido por Unicanal.
El requerimiento de intervención por parte del órgano extrapoder fue realizado el viernes 16 de mayo al Ministerio del Interior tras corroborar mediante exámenes de control la existencia de graves irregularidades en la ejecución del presupuesto y administración de los bienes comunales.
Villalba detalló que la Contraloría había remitido dos notas a la Municipalidad de Ciudad del Este, con la finalidad de que remitan los documentos de respaldo entorno al manejo de los recursos económicos. La primera en diciembre del 2023 y la segunda en octubre del 2024.
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Inconsistencias
“Existen inconsistencias y movimientos de cuentas con montos de decenas de miles de millones de guaraníes que aparecían y desaparecían de los balances, sin ninguna justificación”, puntualizó.
Ante estas situaciones, la administración de Prieto se limitaba a responder a la Contraloría que solo se trataba de “errores involuntarios. Supuestamente ellos lo que querían decir que sin querer nada más se equivocaban”, cuestionó.
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Refuta “persecución política”
Villalba echó por tierra el discurso esgrimido por Prieto, quien alega que el pedido de la Contraloría obedece a una persecución política con miras a los comicios municipales y presidenciales.
“Cuando el contralor liberal Octavio Airaldi pidió la intervención del municipio de Ciudad del Este, a cargo de un colorado en el año 2010, nadie se escandalizó, nadie amenazó a los funcionarios de la Contraloría, nadie dijo nada. En cambio ahora dicen que se trata de una persecución política“, recriminó.
De acuerdo con la Contraloría, en la administración del intendente de Ciudad del Este, Miguel Prieto, las irregularidades guardan relación con las transferencias de recursos financieros a la subcomisión distrital de Ciudad del Este en apoyo a la actividad llamada “Navidad sustentable” en el ejercicio del 2023.
También hizo mención sobre el examen documental sobre la composición y aplicación de los gastos de capital de la Municipalidad de Ciudad del Este para los ejercicios del 2019 a 2022.
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No hay margen de dudas sobre la facultad de la Contraloría para pedir intervenciones, sostiene Preda
El abogado penalista, Ricardo Preda, dejó en claro que la Contraloría General de la República (CGR), tiene facultades constitucionales para pedir la intervención al Poder Ejecutivo, a las municipalidades, cuando existen indicios de hechos punibles, sostenidos en dictámenes elaborados por esta institución.
“El artículo n.° 2 de la ley n.° 317/1994 por lo menos deja sin lugar a dudas de que la Contraloría tiene la facultad de solicitar al Poder Ejecutivo que inicie ese trámite, lo que no quiere decir que esta institución defina que se va a hacer esa intervención o no, ahí va a intervenir el Ministerio del Interior y luego va a necesitar el acuerdo de la Cámara de Diputados", explicó.
En contacto con “Tarde de perros”, emitido por Universo 970 AM/Nación Media, el abogado recordó que las intervenciones tienen un componente político, dado que la Cámara Baja debe aprobar dicha solicitud, no obstante eso no cambia el hecho de que el ente contralor pueda hacer esa solicitud, independientemente de lo que se resuelva en los otros estamentos.
El artículo n.° 165 de la Constitución Nacional establece que los gobiernos municipales y departamentales pueden ser intervenidos por el Poder Ejecutivo, con acuerdo de la Cámara de Diputados, también en casos de solicitud de la Junta Municipal o de desintegración de la misma, la tercera opción es por graves irregularidades con previo dictamen de la Contraloría General de la República.
“La reglamentación de ese artículo, es la ley n.° 317 de 1994 y en su artículo n.° 2 aborda los casos de intervención, que incluyen los hechos señalados directamente por la Contraloría con dictamen y a solicitud de esta, es decir, le da la facultad a la Contraloría de solicitar la intervención, obviamente luego hay otros trámites que se deben seguir, pero de que la Contraloría puede solicitar, sí lo puede", recalcó.
Las aclaraciones de Preda se dan en medio del reciente pedido de la Contraloría, anunciado por el propio contralor Camilo Benítez, a intervenir las municipalidades de Asunción y de Ciudad del Este ante indicios de hechos punibles. Todo esto luego de una investigación llevada a cabo por la mencionada institución y la emisión de dictámenes al respecto.
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No existen causales para la intervención municipal en Asunción, dice asesor jurídico
Benito Torres, director jurídico de la Municipalidad de Asunción, señaló que el pedido de intervención de la Contraloría General de la República a la gestión municipal de Asunción, no tendría causales que la sustentan, según su criterio. Consideró que existiría un problema de interpretación.
Durante una charla con el programa “Dos en la Ciudad”, que se emite por GEN y Universo 970Am/Nación Media, explicó que al leer el informe, lo que cuestionan es el uso de la herramienta financiera de la cuenta única, sobre la cual basa su denuncia de supuesta mala utilización del Presupuesto. No obstante, en ningún momento señalan algún tipo de faltante.
“No estamos de acuerdo con la posición asumida por la Contraloría, consideramos que sí están habilitados para utilizar la herramienta financiera y en su momento ya habían iniciado una demanda contencioso-administrativo contra el informe de la CGR, a fin de debatir el punto”, explicó.
Señaló que, al existir un desacuerdo, se busca la opinión de una tercera instancia para encontrar una solución. Indicó que esta instancia y órgano competente es el Tribunal de Cuentas.
Señaló que existe un problema de interpretación, porque en el artículo 178 de la carta orgánica municipal que establece el régimen jurídico de la administración financiera se regirá por la disposición de la Ley 1535/99 de la Administración Financiera del Estado.
“No dice quizás o tal vez se regirá por esta ley. Entonces, esta ley integra también nuestro ordenamiento jurídico, sin perjuicio de nuestra autonomía municipal que establece de manera clara y categórica en sus artículos 166 que existe autonomía política, administrativa y normativa. Lo que significa que nosotros podemos decidir cuál es el régimen financiero que tenemos que adoptar”, explicó.
Asimismo, indicó que una vez aprobado o rechazado la rendición de cuentas que presenta la intendencia; a la Junta Municipal es ahí que la CGR debe hacer la revisión de esos informes. Indicó que en el caso de la municipalidad de Asunción, la Junta Municipal ha aprobado las rendiciones de cuentas y ejecuciones presupuestarias de los años 2021-2022-2023-2024.
Indicó que acuerdo al apartado de la norma 207 dice que la intendencia remitirá a la Contraloría la resolución de la Junta Municipal que apruebe o rechace la rendición de cuentas y ejecución presupuestaria acompañada de las documentaciones correspondientes para su examen.
“Ese examen nunca hizo la Contraloría. Entonces, con base en un informe parcial ellos están solicitando la intervención. Pero este acto de aprobación es un acto administrativo que otorga certeza y estabilidad al acto administrativo. Hasta tanto, no se revea esta situación este acto administrativo tiene la presunción de legalidad” acotó.