A través del decreto N° 5330 de la Presidencia de la República, se designó a Rubén Maciel Guerreño como nuevo viceministro de Política Criminal, en reemplazo de Víctor Benítez, quien presentó su renuncia tras ser nombrado como juez penal de Garantías. Maciel Guerreño ya había ocupado el mismo cargo en el 2020.
El nuevo viceministro confirmó ante la 920 AM que asumirá oficialmente a partir de este viernes 21 marzo y manifestó algunos de los objetivos del Ministerio de Justicia. En este sentido, sostuvo que está en proyecto la construcción de tres nuevas penitenciarías de mujeres y que está previsto el cierre del Buen Pastor.
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Maciel ocupó previamente el mismo cargo desde el 2020 hasta el 23 de marzo del 2022, fecha en que presentó su renuncia tras la designación a Édgar Olmedo como ministro de Justicia. El nuevo viceministro es de profesión abogado y ocupó diversos cargos dentro del Ministerio Público.
Es máster en Sistema Penal Comparado y Problemas Sociales y en Argumentación Jurídica por la Universidad de Barcelona y por la Universidad de Alicante respectivamente, ejerce la profesión desde el 2001 y cuenta con experiencia en litigios en los fueros penal, administrativo, laboral y civil-comercial, es especialista en Derecho Procesal Penal, además de notario y escribano público.
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Paraguay avanza hacia un sistema carcelario con estándares internacionales
El Ministerio de Justicia avanza en la implementación del nuevo modelo de gestión penitenciaria, que busca dejar atrás el hacinamiento, el desorden y la violencia que históricamente caracterizaron al sistema carcelario. Así lo afirmó el ministro Rodrigo Nicora, quien destacó la transformación estructural y operativa que ya se aplica en los centros penitenciarios de Emboscada y Minga Guazú, considerados los más modernos del país.
“Tenemos un modelo nuevo, el modelo paraguayo, con una gestión mucho más ordenada, planificada y enfocada en la reinserción social”, expresó Nicora, al tiempo de precisar que los nuevos recintos están divididos en ocho módulos independientes, con capacidad para 1.237 personas cada uno. “El que está en el módulo uno no sabe quién está en el otro, porque están completamente separados y clasificados por nivel de peligrosidad”, explicó.
Nicora sostuvo que Paraguay está migrando gradualmente hacia un modelo que toma como referencia experiencias exitosas de países como Brasil y Argentina, adaptadas a las necesidades locales, además de guiarse por los estándares establecidos en los acuerdos de los que nuestro país forma parte. Como parte de este proceso, también destacó la creación de un Instituto Técnico Superior para la formación profesional de agentes penitenciarios, avalado por el Ministerio de Educación.
El ministro subrayó que estos centros de alta seguridad albergan únicamente a personas ya condenadas, como medida para evitar el hacinamiento. Además, los internos participan en programas de reinserción social dentro de un entorno controlado y tecnológicamente vigilado. “Las penitenciarías están equipadas con más de 400 cámaras con inteligencia artificial y reconocimiento facial, lo que permite un monitoreo constante y preciso del flujo de personas. Se activan alarmas ante movimientos irregulares”, detalló a la 650 AM.
Otro cambio clave es la implementación obligatoria de uniformes, regida por la resolución n.° 479. Esta medida, lejos de ser simbólica, responde a criterios de seguridad y control interno. “Cada color de uniforme identifica a qué módulo pertenece cada persona privada de libertad, y las cámaras están configuradas para reconocer tanto los colores como los rostros”, indicó.
A esto añadió, “lo que estamos haciendo es subir la vara. Nuestro objetivo es que este modelo quede instalado como legado, con estándares más altos, más orden y más humanidad en el sistema penitenciario”, concluyó el ministro.
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Reclusos de nuevas penitenciarías deberán usar uniformes
Este jueves, desde el Ministerio de Justicia informaron que en los nuevos centros penitenciarios las Personas Privadas de su Libertad (PPL), deberán llevar uniformes obligatorios para que pueden ser distinguidas dentro de la población. Los colores de los trajes serán amarillo y rojo.
Según informó el ministro Rodrigo Nicora, se trata de una medida que busca dar mayor seguridad, equidad y orden dentro de estos penales como avanzar a la modernización del sistema penitenciario. Además, aclaró que el uso de estos uniformes será de carácter obligatorio.
“Seguimos construyendo un sistema penitenciario más justo, humano y eficiente con la implementación del uso obligatorio de uniformes en los nuevos centros penitenciarios de Minga Guazú y “Martín Mendoza” de Emboscada“, expresaron desde la institución.
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Explicaron que mediante la resolución ministerial n.º 479. que dispone que cada PPL recibe un kit completo con uniformes diferenciados según régimen, estos son: amarillo para los de régimen convencional y rojo para los de régimen cerrado especial.
“La entrega de planificación escalonada continuará hasta superar más de 1.200 reclusos en ambos penales. Esta medida fortalece la seguridad, promueve la equidad y dignifica la vida intramuros”, aclararon.
La actividad de entrega de uniformes estuvo acompañada por autoridades de la institución esta tuvo el apoyo de UNOPS Paraguay, en el marco de un plan que busca cubrir a toda la población penitenciaria de los nuevos centros.
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Desmienten amotinamiento por Mikahella Rolón en penitenciaría de CDE
El Ministerio de Justicia dio a conocer un comunicado para aclarar que no se dio ningún tipo de intento de amotinamiento en el Centro de Rehabilitación y Reinserción Laboral de Mujeres “Juana María de Lara” en Ciudad del Este, donde se encuentra recluida Mikahella Chiara Yasy Rolón Melgarejo, sindicada como instigadora del crimen de María Fernanda Benítez.
Las autoridades cuestionaron las publicaciones malintencionadas de algunos medios que difundieron la falsa versión. “Dichas publicaciones, carentes de verificación están alejadas de la realidad. Al respecto, el Ministerio de Justicia rechaza categóricamente estas afirmaciones, que no solo desinforman a la opinión pública, sino que también generan alarma de manera irresponsable”, refiere el manifiesto.
Según publicó un medio periodístico de Ciudad del Este, supuestamente reclusas de la penitenciaría amenazaron con amotinarse y prender fuego a los colchones en protesta por el “trato privilegiado” para Mikahela. Menciona que se habría producido un altercado de la estudiante de Medicina y una reclusa, por lo que esta última fue trasladada a otro reclusorio.
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El Ministerio puntualiza que la nota de traslado de una mujer privada de libertad a otra penitenciaría, es un motivo ajeno al caso “María Fernanda”.
“El Ministerio reafirma su compromiso con una gestión penitenciaria basada en la equidad, el respeto a los derechos humanos y la aplicación rigurosa de los reglamentos institucionales. Todas las personas privadas de libertad reciben un trato igualitario conforme a la normativa vigente y bajo la supervisión constante de las autoridades competentes”, añade.
Por último se exhorta a los medios de comunicación a actuar con responsabilidad, corroborar la información antes de su publicación y evitar contribuir a la propagación de “rumores infundados” que afectan la tranquilidad institucional y el proceso de reinserción social de las internas.
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Intervención: ¿se puede tumbar a un intendente sin que existan hechos punibles?
- Por Nadia Denis (nadia.denis@nacionmedia.com).
El pedido del Poder Ejecutivo para intervenir las municipalidades de Asunción y Ciudad del Este, en proceso en la Cámara de Diputados, generó gran revuelo político y ambos intendentes, y sus respectivos aliados, han salido a defender su gestión, pero, cuáles son los motivos por los cuales se puede solicitar la intervención.
En conversación entre La Nación/Nación Media y el abogado Ricardo Preda, explicó que la existencia de un hecho punible o un indicio del mismo no es el único causal para una intervención; la sospecha de malos manejos administrativos, que no constituyan un delito, también pueden requerir la medida constitucional de la intervención.
“Por ejemplo, si yo utilizo un rubro en otro, es decir, dinero que está para construcciones para pagar salarios de los funcionarios, eso propiamente no es un delito porque no hay un perjuicio patrimonial, pero es una mala administración porque estoy usando incorrectamente los rubros”, detalló.
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Hay un extenso listado de cuestiones que no corresponden a un delito como tal, pero sí habla de una mala gestión del administrador de gastos. Por citar algunos: falta de rendición de cuentas, desorganización en los registros contables y administrativos, inadecuado manejo de bienes patrimoniales, falta de respuesta a requerimientos de órganos de control, entre otros.
“Los defensores de uno de los intendentes, decía que ‘acá no hay perjuicio patrimonial’, yo desconozco porque no profundicé ninguno de los dos casos y no sé si es el caso, pero si una municipalidad paga todo con cheques al portador, eso es una mala administración, no necesariamente es un perjuicio patrimonial porque de por ahí se pagaron deudas que eran reales, pero no está bien que se pague de esa manera porque eso es poco transparente”, sostuvo.
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La intervención
La intervención es una herramienta que está presente en el artículo n.° 165 de la Constitución y que está regulada por la ley n.° 317/1994. En estas normativas, se menciona la atribución de la Contraloría para cursar la solicitud de las intervenciones, mediante el Ministerio del Interior (Poder Ejecutivo), así como de las Juntas Municipales.
La Cámara de Diputados conformó dos comisiones especiales para investigar los motivos del pedido de intervención y que deberán emitir un dictamen en un plazo no mayor a 15 días hábiles a partir de su instalación. Posteriormente, el pleno deberá tratar este punto y definir si presta el acuerdo al Poder Ejecutivo para intervenir la municipalidad.
En caso de aprobarse la intervención, el Ejecutivo deberá designar a un interventor que tiene un plazo de 90 días, con posibilidad de prórroga, y deberá realizar una auditoría administrativa, financiera y legal de la gestión del intendente suspendido. Finalizado este trabajo, deberá remitir un informe recomendando la restitución o destitución del intendente
¿Pero, si el intendente renuncia, sigue en pie la intervención? No, si la renuncia presentada por el jefe comunal es aceptada por la Junta Municipal, la intervención queda sin efecto, no obstante, si existen presunciones de hechos punibles, el Ministerio Público tiene atribuciones para investigar.
“El hecho de que se le destituya o renuncie no cambia en absoluto de que el Ministerio Público va a estar obligado a perseguir esos delitos. Desde el punto de vista de los malos manejos que no constituyan hechos punibles que generan algún tipo de responsabilidad, igual la Municipalidad va a poder reclamar a esa autoridad que hizo incorrectamente, hay acciones civiles establecidas si hay algún perjuicio causado por el administrador, pero que no constituya hechos punibles”, puntualizó Preda a LN.