El Poder Ejecutivo reglamentó hoy jueves, a través del decreto nº. 4806, la ley de transparencia de las Organizaciones Sin Fines de Lucro (OSFL).
Esta ley busca establecer un régimen de transparencia y un registro oficial de estas organizaciones, con el objetivo de mejorar la coordinación entre estas y el Estado, fomentando la rendición de cuentas y el impacto positivo para la ciudadanía”, según había expresado el mandatario.
El decreto reglamentario contiene 13 hojas y lleva la firma del presidente de la República, Santiago Peña, y tiene por objeto reglamentar la Ley N° 7363/2024, “Que establece el control, la transparencia y la rendición de cuentas de las Organizaciones sin Fines de Lucro”.
Esto se da tras la aprobación de la ley en el mes noviembre pasado, pese a críticas de un sector de la sociedad civil y observaciones internacionales.
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El presente decreto tiene por objeto reglamentar la Ley N° 7363/2024, sobre el control, transparencia y rendición de cuentas de las ONG.
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), a través del Equipo Nacional Estrategia País (ENEP), realizaron los trabajos para la reglamentación de la Ley de manera participativa con todos los sectores involucrados.
La iniciativa buscó cubrir una laguna existente en la legislación, respecto al control de organizaciones sin fines de lucro que reciban o administren fondos públicos o privados nacionales, especialmente aquellos que guarden relación con sectores de prestación competencia del Estado, municipios, universidades públicas y otros entes públicos.
Quedaron excluidos expresamente del alcance de la presente ley los organismos internacionales, las agencias especializadas internacionales, las entidades u organizaciones de carácter multilateral, los partidos y movimientos políticos, las iglesias y confesiones religiosas.
La legislación crea el Registro Nacional de Organizaciones sin fines de lucro, al cual, deberán inscribirse (dentro de los 90 días de vigencia de la ley) todas las organizaciones que operen como tal.

